El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 10.

Artículo 10 del Real Decreto 49/1993, de 15 de enero, relativo a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios de los productos de origen animal. · BOE-A-1993-5628

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-02-28.

Texto consolidado

Las autoridades competentes designarán los servicios veterinarios encargados de realizar los controles previstos en el presente Real Decreto.

Las Direcciones Generales de Salud Pública, del Ministerio de Sanidad y Consumo, y de Sanidad de la Producción Agraria, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en coordinación con las Comunidades Autónomas, adoptarán las medidas necesarias para garantizar la colaboración con los Servicios de Control de los demás Estados miembros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-02-28.

Más artículos de Real Decreto 49/1993

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 49/1993 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.