Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla, en materia de pensiones no contributivas, la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas.
BOE-A-1991-7270 · Boletín Oficial del Estado, 1991-03-21 · Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Real Decreto 357/1991 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 357/1991
- Fecha de la disposición
- 1991-03-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 69, 1991-03-21
- Entrada en vigor
- 1991-03-22
- Departamento
- Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 37
- Identificador BOE
- BOE-A-1991-7270
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas faculta, en su disposición final segunda, al Gobierno para dictar las normas de desarrollo de la misma que permitan su aplicación real.
A tal finalidad responde el presente Real Decreto, mediante el cual se efectúa el desarrollo reglamentario de la disposición legal citada en el ámbito de las pensiones de Seguridad Social, en su modalidad no contributiva.
A través de la presente disposición se completan los preceptos legales contenidos en la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, de acuerdo con las normas legales que se desarrollan, así como con las demás disposiciones de Seguridad Social que sean de aplicación. Asimismo, se introducen determinados preceptos procedimentales, concordes con lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo.
Índice del articulado
- Art. 1. Beneficiarios de la pensión de invalidez.
- Art. 2. Complemento en pensiones de invalidez por necesidad de otra persona.
- Art. 3. Determinación del grado de minusvalía o enfermedad crónica.
- Art. 4. Baremo de necesidad del concurso de otra persona.
- Art. 5. Revisiones del grado de minusvalía o enfermedad crónica en caso de invalidez.
- Art. 6. Compatibilidad y comunicación del ejercicio de actividades.
- Art. 7. Extinción del derecho a la pensión de invalidez.
- Art. 8. Beneficiarios de la pensión de jubilación.
- Art. 9. Extinción del derecho a la pensión de jubilación.
- Art. 10. Requisito de residencia legal.
- Art. 11. Carencia de rentas o ingresos.
- Art. 12. Rentas o ingresos computables.
- Art. 13. Unidad económica de convivencia.
- Art. 14. Cálculo de las cuantías.
- Art. 15. Reconocimiento y efectos.
- Art. 16. Obligaciones de los beneficiarios.
- Art. 17. Variación de rentas o ingresos.
- Art. 18. Incompatibilidad entre prestaciones.
- Art. 19. Extinción de los efectos económicos de las pensiones de invalidez y jubilación.
- Art. 20. Infracciones.
- Art. 21. Competencia.
- Art. 22. Procedimiento.
- Art. 23. Comprobación del cumplimiento de los requisitos.
- Art. 24. Reclamación previa a la vía jurisdiccional del orden social.
- Art. 25. Revisión de las cuantías de las pensiones reconocidas.
- Art. 26. Comisiones de Seguimiento de la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición adicional séptima.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (10)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 357/1991?
- Real Decreto 357/1991 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 357/1991?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 357/1991?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.