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Real DecretoEstatal Vigente

Real Decreto 249/2023, de 4 de abril, por el que se modifican el Reglamento General de Desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo; el Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio; el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio; el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre; el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre; el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio.

BOE-A-2023-8576 · Boletín Oficial del Estado, 2023-04-05 · Ministerio de Hacienda y Función Pública

Real Decreto 249/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.

Resumen

El Real Decreto 249/2023 regula diversas modificaciones en varios reglamentos tributarios españoles, en respuesta a cambios legales establecidos por la Ley 11/2021, orientados a prevenir el fraude fiscal y mejorar la gestión tributaria. Esta norma es aplicable a todos los contribuyentes y administraciones tributarias desde su entrada en vigor, que será a los veinte días de su publicación en el BOE.

Entre los cambios más relevantes, se establece que la reiteración de solicitudes de suspensión o aplazamiento de deudas tributarias no impedirá el inicio del periodo ejecutivo si se han denegado solicitudes anteriores. Además, se introduce la obligación de informar sobre monedas virtuales, tanto para quienes las gestionan como para los contribuyentes que las posean. También se modifica la normativa sobre el Registro de extractores de productos fiscales, facilitando su inclusión y consulta. Por otro lado, se aclaran las consecuencias del incumplimiento en el fraccionamiento de pagos del Impuesto sobre la Renta, y se homogeneiza el tratamiento fiscal de las inversiones en fondos de inversión cotizados, ya sean nacionales o extranjeros. Esta norma no deroga ninguna disposición anterior, pero modifica y actualiza varios reglamentos existentes.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 249/2023
Fecha de la disposición
2023-04-04
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 81, 2023-04-05
Entrada en vigor
2023-04-25
Departamento
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
14
Identificador BOE
BOE-A-2023-8576
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

I

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (8)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 249/2023?
Real Decreto 249/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 249/2023?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.