Disposición final segunda. Autorización a la persona titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-25.
Texto consolidado
Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación de este real decreto.
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