Real Decreto 1827/2009, de 27 de noviembre, por el que se otorga el carácter de museo nacional al Museo Romántico, se modifica su denominación por la de Museo Nacional del Romanticismo y se regulan sus fines y organización.
BOE-A-2010-562 · Boletín Oficial del Estado, 2010-01-14 · Ministerio de Cultura
Real Decreto 1827/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1827/2009
- Fecha de la disposición
- 2009-11-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 12, 2010-01-14
- Entrada en vigor
- 2010-01-15
- Departamento
- Ministerio de Cultura
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-562
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Museo Romántico se crea al aceptar el Estado español por Real Orden 27 de octubre de 1921 la donación del Marqués de la Vega-Inclán y Flaquer, de una serie de pinturas, muebles y ajuares, procedentes en su inmensa mayoría del siglo XIX, que constituirán el núcleo inicial de sus colecciones.
Índice del articulado
- Artículo 1. Nueva denominación y categoría del Museo.
- Artículo 2. Sede del Museo Nacional del Romanticismo.
- Artículo 3. Fines del Museo Nacional del Romanticismo.
- Artículo 4. Funciones.
- Artículo 5. Colección.
- Artículo 6. Órganos rectores.
- Artículo 7. Composición del Patronato.
- Artículo 8. Funciones del Presidente del Patronato.
- Artículo 9. Régimen de Funcionamiento del Patronato.
- Artículo 10. El Pleno del Patronato.
- Artículo 11. La Comisión Permanente del Patronato.
- Artículo 12. Funciones de la Dirección del Museo.
- Disposición adicional única. Financiación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1305/2009, de 31 de julio, por el que se crea la Red de Museos de España.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1827/2009?
- Real Decreto 1827/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1827/2009?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.