Disposición adicional única. Financiación.
Disposición adicional única del Real Decreto 1827/2009, de 27 de noviembre, por el que se otorga el carácter de museo nacional al Museo Romántico, se modifica su denominación por la de Museo Nacional del Romanticismo y se regulan sus fines y organización. · BOE-A-2010-562
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-15.
Texto consolidado
La aprobación de este real decreto no implicará aumento del gasto público, atendiéndose con los medios personales y materiales existentes en el Ministerio de Cultura.
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