Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario.
BOE-A-2010-20147 · Boletín Oficial del Estado, 2010-12-31 · Ministerio de Educación
Real Decreto 1791/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1791/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-12-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 318, 2010-12-31
- Entrada en vigor
- 2011-01-01
- Departamento
- Ministerio de Educación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 76
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-20147
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Constitución Española de 1978 reconoce en su artículo 27.7 el derecho del alumnado, con carácter general, a intervenir en el control y gestión de las instituciones del sistema educativo financiadas con fondos públicos. A su vez, el artículo 27.5 de la misma, establece, como elemento de la realización del derecho a la educación, la participación efectiva de todos los sectores afectados en la programación general de la enseñanza. Ambos artículos configuran un sistema educativo basado en un principio de participación que se ejerce en diferentes niveles, desde las instituciones a la política del sistema. En el ámbito universitario, este mandato es recogido por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOMLOU), la cual establece como uno de los principios de la política universitaria el desarrollo de la…
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Estatuto del Estudiante Universitario.
- Disposición adicional primera. Cobertura de seguro.
- Disposición adicional segunda. Regulación de los procedimientos administrativos sancionadores en el ámbito universitario.
- Disposición adicional tercera. Gastos de funcionamiento del Consejo de Estudiantes Universitario del Estado.
- Disposición adicional cuarta. Centros universitarios de la defensa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Reglamento del Consejo de Estudiantes Universitario del Estado.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo normativo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Igualdad de derechos y deberes.
- Artículo 3. Marco normativo para el ejercicio de derechos y deberes.
- Artículo 4. No discriminación.
- Artículo 5. Cualificaciones académicas y profesionales.
- Artículo 6. Reconocimiento de los conocimientos y capacidades.
- Artículo 7. Derechos comunes de los estudiantes universitarios.
- Artículo 8. Derechos específicos de los estudiantes de grado.
- Artículo 9. Derechos específicos de los estudiantes de máster.
- Artículo 10. Derechos específicos de los estudiantes de doctorado.
- Artículo 11. Derechos específicos de los estudiantes de formación continua y otros estudios ofrecidos por las universidades.
- Artículo 12. Efectividad de los derechos.
- Artículo 13. Deberes de los estudiantes universitarios.
- Artículo 14. Acceso y admisión a las enseñanzas universitarias.
- Artículo 15. Acceso y admisión de estudiantes con discapacidad.
- Artículo 16. Programas de movilidad.
- Artículo 17. Reconocimiento académico y movilidad.
- Artículo 18. Movilidad nacional e internacional de estudiantes con discapacidad.
- Artículo 19. Principios generales.
- Artículo 20. Tutorías de titulación.
- Artículo 21. Tutorías de materia o asignatura.
- Artículo 22. Tutorías para estudiantes con discapacidad.
- Artículo 23. Programación docente de las enseñanzas universitarias que conducen a la obtención de un título oficial.
- Artículo 24. Prácticas académicas externas.
- Artículo 25. Evaluación de los aprendizajes del estudiante.
- Artículo 26. Estudiantes con discapacidad.
- Artículo 27. Trabajos y memorias de evaluación.
- Artículo 28. Tribunales de evaluación.
- Artículo 29. Comunicación de las calificaciones.
- Artículo 30. Revisión ante el profesor o ante el tribunal.
- Artículo 31. Reclamación ante el órgano competente.
- Artículo 32. Reconocimiento y transferencia de actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.
- Artículo 33. Estudiantes de enseñanzas no conducentes a la obtención de un título oficial.
- Artículo 34. Principios generales.
- Artículo 35. Elección de representantes.
- Artículo 36. Derechos de los representantes.
- Artículo 37. Responsabilidades de los representantes.
- Artículo 38. Participación estudiantil y promoción de asociaciones, federaciones y confederaciones de estudiantes.
- Artículo 39. Participación en Organizaciones nacionales e internacionales.
- Artículo 40. Principios básicos de los programas de becas y ayudas.
- Artículo 41. Participación de los estudiantes.
- Artículo 42. Programas de becas y ayudas.
- Artículo 43. Garantías.
- Artículo 44. Fomento de la convivencia.
- Artículo 45. Corresponsabilidad universitaria.
- Artículo 46. El Defensor universitario.
- Artículo 47. Naturaleza y adscripción.
- Artículo 48. Composición.
- Artículo 49. Constitución y renovación.
- Artículo 50. Mandato de los miembros del Consejo de Estudiantes Universitario del Estado.
- Artículo 51. Funciones.
- Artículo 52. Funcionamiento.
- Artículo 53. El Pleno.
- Artículo 54. Composición de la Comisión Permanente.
- Artículo 55. El Presidente.
- Artículo 56. Funciones del Presidente.
- Artículo 57. Funciones de los Vicepresidentes Primero y Segundo.
- Artículo 58. Funciones del Secretario.
- Artículo 59. Funciones de la Comisión Permanente.
- Artículo 60. Cese de los miembros del Consejo.
- Artículo 61. Principios generales.
- Artículo 62. Actividad física y deportiva de los estudiantes.
- Artículo 63. Principios generales.
- Artículo 64. Principios generales.
- Artículo 65. Servicios de atención al estudiante.
- Artículo 66. Servicios de alojamiento del estudiante.
- Artículo 67. Organización de asociaciones de antiguos alumnos.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta de conformidad | Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios. |
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1791/2010?
- Real Decreto 1791/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1791/2010?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1791/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.