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Real Decreto Vigente

Artículo 54. Composición de la Comisión Permanente.

Artículo 54 del Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario. · BOE-A-2010-20147

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.

Texto consolidado

1. La Comisión Permanente está formada por:

a) El Presidente del Consejo que la presidirá, el Vicepresidente Primero, el Vicepresidente Segundo y el Secretario del Consejo que ostentarán análoga posición en la misma.

b) Cinco representantes de los miembros estudiantes elegidos por el Pleno de entre los estudiantes del Consejo. Uno de ellos será designado por el Pleno como Vicesecretario de la Comisión Permanente.

2. El mandato de los miembros estudiantes de la Comisión Permanente será de dos años, excepto que antes se haya extinguido su mandato en el Consejo por otras causas previstas en este Estatuto. No obstante, permanecerán en el ejercicio de sus funciones hasta que se designe a sus sustitutos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-01.

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