Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano.
BOE-A-2012-14165 · Boletín Oficial del Estado, 2012-11-17 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 1528/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1528/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-11-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 277, 2012-11-17
- Entrada en vigor
- 2012-11-18
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 40
- Identificador BOE
- BOE-A-2012-14165
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reglamento (CE) n.º 1069/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1774/2002 (Reglamento sobre subproductos animales), constituye desde el 4 de marzo de 2011 el marco legal aplicable a la gestión de todos aquellos materiales de origen animal que por diferentes motivos no se destinan al consumo humano.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Competencias.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Comisión nacional de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano.
- Artículo 5. Deber de información.
- Artículo 6. Eliminación de ciertos materiales en vertedero.
- Artículo 7. Plantas de transformación.
- Artículo 8. Plantas de biogás.
- Artículo 9. Condiciones aplicables a la producción de compost.
- Artículo 10. Condiciones aplicables a los residuos de digestión obtenidos en la producción de biogás y al compost.
- Artículo 11. Aplicación a las tierras, sin procesamiento previo, de determinados materiales de categorías 2 y 3.
- Artículo 12. Uso de conchas de moluscos y cáscaras de huevos de categoría 3.
- Artículo 13. Preparados biodinámicos.
- Artículo 14. Eliminación excepcional de ciertos subproductos animales en la propia explotación ganadera.
- Artículo 15. Usos especiales en alimentación animal.
- Artículo 16. Normas especiales de recogida y eliminación.
- Artículo 17. Recogida, transporte e identificación.
- Artículo 18. Documento comercial y certificado sanitario.
- Artículo 19. Marcado de ciertos productos derivados.
- Artículo 20. Registro y autorización.
- Artículo 21. Requisitos específicos para el uso de determinados SANDACH en la alimentación de animales de granja.
- Artículo 22. Abonos y enmiendas del suelo de origen orgánico.
- Artículo 23. Alimentos para animales de compañía y otros productos derivados.
- Artículo 24. Registro general de establecimientos, plantas y explotadores.
- Artículo 25. Controles comunitarios.
- Artículo 26. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Repercusión económica.
- Disposición adicional segunda. Relación con las normas medioambientales.
- Disposición adicional tercera. Reglamento sancionador.
- Disposición adicional cuarta. Proceso de hidrólisis seguido de eliminación.
- Disposición transitoria primera. Comisión Nacional.
- Disposición transitoria segunda. Establecimientos, plantas y explotadores.
- Disposición transitoria tercera. Restricciones sobre sanidad animal.
- Disposición transitoria cuarta. Métodos de transformación.
- Disposición transitoria quinta. Eliminación de pequeñas cantidades de determinados subproductos.
- Disposición transitoria sexta. Mataderos u otros establecimientos autorizados o registrados.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de modificación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1528/2012?
- Real Decreto 1528/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1528/2012?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1528/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.