Disposición adicional primera. Repercusión económica.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano. · BOE-A-2012-14165
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-11-18.
Texto consolidado
La creación y funcionamiento de la Comisión nacional de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano no supondrá incremento alguno de gasto público, y su funcionamiento será atendido con los recursos humanos y materiales existentes en los Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y de Economía y Competitividad.
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