Real Decreto 1432/2002, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para la aprobación o modificación de la tarifa eléctrica media o de referencia y se modifican algunos artículos del Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los costes de transporte, distribución y comercialización a tarifa, de los costes permanentes del sistema y de los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento.
BOE-A-2002-25419 · Boletín Oficial del Estado, 2002-12-31 · Ministerio de Economía
Real Decreto 1432/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
El Real Decreto 1432/2002 regula la metodología para la aprobación o modificación de la tarifa eléctrica media o de referencia en España, aplicándose a todos los consumidores eléctricos y empresas del sector energético desde el 1 de enero de 2003.
Entre los puntos clave, establece un procedimiento anual para calcular la tarifa eléctrica, garantizando que los consumidores puedan elegir su suministrador sin interferencias en el mercado. La norma fija que el incremento de la tarifa no podrá superar el 2% anualmente y considera diversos costes, como producción, transporte y distribución, además de incluir un mecanismo para recuperar desajustes de ingresos de años anteriores hasta 2010. También se modifican artículos del Real Decreto 2017/1997 para actualizar la regulación de la liquidación de costes en el sector eléctrico. Esta norma no está derogada y sigue vigente en su aplicación.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1432/2002
- Fecha de la disposición
- 2002-12-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 313, 2002-12-31
- Entrada en vigor
- 2003-01-01
- Departamento
- Ministerio de Economía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2002-25419
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La promulgación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, supuso la puesta en marcha de un modelo de negocio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica basado en el mercado y la libre competencia. Para facilitar la adaptación de todos los agentes implicados a este nuevo entorno, se estableció un período transitorio en el cual el mercado eléctrico se iría abriendo progresivamente.
En los años sucesivos, gracias a la flexibilidad de la citada Ley y de la normativa que la desarrolla, ha sido posible acelerar el proceso de apertura, que se ve culminado el 1 de enero de 2003, facultando a todos los consumidores eléctricos a elegir libremente suministrador.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Tarifa eléctrica media o de referencia.
- Artículo 3. Determinación de la demanda prevista.
- Artículo 4. Determinación de los costes previstos para retribuir las actividades.
- Artículo 5. Revisión de los CTC por tecnologías en el cálculo anual de la tarifa eléctrica media o de referencia.
- Artículo 6. Precio medio previsto del mercado de producción correspondiente a las instalaciones de generación en régimen ordinario.
- Artículo 7. Revisión de las previsiones de años anteriores.
- Artículo 8. Revisión de la tarifa eléctrica media o de referencia.
- Disposición adicional primera. Carácter de los costes correspondientes al desajuste de ingresos y a las revisiones derivadas de los costes de generación extrapeninsular, que est…
- Disposición adicional segunda. Modificación del artículo 2 del Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los…
- Disposición adicional tercera. Modificación del artículo 4 del Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los…
- Disposición adicional cuarta. Modificación del artículo 14 del Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los…
- Disposición adicional quinta. Modificación del anexo I del Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los cos…
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Normas de desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1432/2002?
- Real Decreto 1432/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1432/2002?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1432/2002?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.