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Real Decreto Vigente

Disposición adicional tercera. Modificación del artículo 4 del Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los costes de transporte, distribución y comercialización a tarifa, de los costes permanentes del sistema y de los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento.

Disposición adicional tercera del Real Decreto 1432/2002, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para la aprobación o modificación de la tarifa eléctrica media o de referencia y se modifican algunos artículos del Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los costes de transporte, distribución y comercialización a tarifa, de los costes permanentes del sistema y de los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento. · BOE-A-2002-25419

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.

Texto consolidado

1. Se modifica el párrafo d) del artículo 4, «Ingresos y costes liquidables», que queda redactado de la siguiente forma:

«d) La retribución de la actividad de distribución por los conceptos establecidos en la Ley 54/1997, de acuerdo con la norma que desarrolle el artículo 16.3 de la citada Ley. Dicha retribución incluirá la retribución de la actividad de comercialización que corresponda ser abonada por los consumidores a tarifa y tendrá en cuenta los incentivos a la disminución de pérdidas. También incluirá los costes de gestión comercial reconocidos a los distribuidores por atender a suministros de consumidores cualificados conectados a sus redes que adquieren su energía ejerciendo su condición de cualificados.»

2. Se incluye un nuevo párrafo j) en el artículo 4, «Ingresos y costes liquidables», con la siguiente redacción:

«j) Otros ingresos o pagos resultantes de los transportes intracomunitarios o de las conexiones internacionales, incluidos los derivados del mecanismo de gestión de restricciones que estén establecidos en la normativa vigente.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-01.

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