Artículo 1. Objeto.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
El presente Real Decreto, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 94 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, tiene por objeto el establecimiento de una metodología de cálculo objetiva y transparente para fijar la tarifa eléctrica media o de referencia de cada año, cumpliendo los objetivos de permitir la plena elegibilidad a todos los consumidores sin interferir en el mercado, garantizando que el servicio se presta en condiciones adecuadas, dando una previsibilidad a las empresas de cara a permitir la realización del proceso inversor en curso con una estabilidad razonable y contribuyendo a la estabilidad macroeconómica compatible con una evolución de tarifas gradual.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 60, de 11 de marzo de 2003. Ref. BOE-A-2003-4930
Más artículos de Real Decreto 1432/2002
- → Artículo 2. Tarifa eléctrica media o de referencia.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1432/2002, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para la aprobación o modificación de la tarifa eléctrica media o de referencia y se modifican algunos artículos del Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los costes de transporte, distribución y comercialización a tarifa, de los costes permanentes del sistema y de los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento.