Disposición adicional quinta. Modificación del anexo I del Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los costes de transporte, distribución y comercialización a tarifa, de los costes permanentes del sistema y de los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
1. Se modifica el primer párrafo del apartado I.2 del anexo I, que queda redactado de la siguiente forma:
«El ingreso liquidable de cada transportista o distribuidor i sujeto al procedimiento de liquidaciones se obtendrá de acuerdo con las fórmulas siguientes:
Ii = Infi + Ioi + Inri + IIi
Siendo:»
2. Se añade un nuevo párrafo al final del apartado I.2 del anexo I, con la siguiente redacción:
«IIi = Ingresos o pagos, en cuyo caso tendrán signo negativo, resultantes de los transportes intracomunitarios o de las conexiones internacionales, incluidos los derivados del mecanismo de gestión de restricciones que estén establecidos en la normativa vigente.»
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