Real Decreto 1382/2008, de 1 de agosto, por el que, en desarrollo de la Ley 18/2007, de 4 de julio, por la que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, y la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, se modifican diversos reglamentos generales en el ámbito de la Seguridad Social.
BOE-A-2008-14777 · Boletín Oficial del Estado, 2008-09-10 · Ministerio de Trabajo e Inmigración
Real Decreto 1382/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
El Real Decreto 1382/2008 regula la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, estableciendo un Sistema Especial para Trabajadores Agrarios. Esta norma es aplicable desde el 1 de enero de 2008 a los trabajadores agrarios que se integran en este nuevo sistema.
Entre los puntos clave, se establece que los trabajadores agrarios deberán inscribirse en un censo específico y comunicar sus jornadas trabajadas mensualmente. Además, se modifica la normativa sobre cotización, asegurando que los trabajadores agrarios tengan acceso a la cobertura por incapacidad temporal y contingencias profesionales. También se permite a los autónomos contratar a sus hijos menores de 30 años sin que estos coticen por desempleo hasta alcanzar esa edad. Por último, se especifica que las mutuas de accidentes de trabajo deben aceptar la cobertura de incapacidad temporal para estos trabajadores. Esta norma no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1382/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-08-01
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 219, 2008-09-10
- Entrada en vigor
- 2008-09-11
- Departamento
- Ministerio de Trabajo e Inmigración
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-14777
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 18/2007, de 4 de julio, ha procedido a integrar a los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos con efectos desde el 1 de enero de 2008, creando al mismo tiempo y con idéntica fecha de efectos, dentro del último de dichos regímenes, el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, que presenta unos mecanismos específicos de cotización. A efectos de la acreditación y posterior comprobación por la Tesorería General de la Seguridad Social de los requisitos para la inclusión en el citado Sistema Especial, la citada ley se remite a la forma y plazos que reglamentariamente se determinen.
Índice del articulado
- Artículo primero. Modificación del Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, apr…
- Artículo segundo. Modificación del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de d…
- Artículo tercero. Modificación del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.
- Artículo cuarto. Modificación del Reglamento sobre colaboración de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, aprobado por el Real …
- Disposición adicional primera. Supuestos de cobertura de la incapacidad temporal derivada de contingencias comunes y de las contingencias profesionales de los trabajadores por c…
- Disposición adicional segunda. Trabajadores autónomos con actividades profesionales con mayor riesgo de siniestralidad.
- Disposición adicional tercera. Particularidades de la acción protectora de los trabajadores por cuenta propia agrarios integrados en el Régimen Especial de los Trabajadores por …
- Disposición transitoria primera. Cobertura de la incapacidad temporal derivada de contingencias comunes y de las contingencias profesionales por los trabajadores por cuenta prop…
- Disposición transitoria segunda. Cotización de los trabajadores por cuenta propia agrarios integrados en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
- Disposición transitoria tercera. Formalización de la cobertura obligatoria de la incapacidad temporal y de las contingencias profesionales en el Régimen Especial de los Trabajad…
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (7)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1382/2008?
- Real Decreto 1382/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1382/2008?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1382/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.