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Real Decreto 131/2019, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la obligación de consignación de buques.

BOE-A-2019-4248 · Boletín Oficial del Estado, 2019-03-23 · Ministerio de Fomento

Real Decreto 131/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.

Datos clave

Rango
Real Decreto 131/2019
Fecha de la disposición
2019-03-08
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 71, 2019-03-23
Entrada en vigor
2019-07-01
Departamento
Ministerio de Fomento
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
15
Identificador BOE
BOE-A-2019-4248
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

I

La figura del agente marítimo o consignatario de buques se ha consagrado, tanto en España como en los países de nuestro entorno, como una de las piezas fundamentales para el buen funcionamiento del negocio marítimo.

Las dos leyes principales dentro del Derecho marítimo español prestan atención al consignatario a partir del papel esencial que juega en el tráfico marítimo. Esa doble regulación atiende tanto a sus responsabilidades frente a la Administración Pública, como la relación contractual con el armador o naviero.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (2)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 131/2019?
Real Decreto 131/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 131/2019?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.