Disposición adicional única. Intercambio de información con las autoridades aduaneras.
Disposición adicional única del Real Decreto 131/2019, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la obligación de consignación de buques. · BOE-A-2019-4248
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-07-01.
Texto consolidado
Los Ministerios de Fomento y de Hacienda establecerán las medidas de coordinación necesarias para la disposición por medios electrónicos de los datos del Registro de Consignatarios por las autoridades aduaneras para el cumplimiento de sus funciones.