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Real Decreto 1273/1992, de 23 de octubre, por el que se regula el otorgamiento de concesiones y la asignación de frecuencias para la explotación del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia por las Corporaciones locales.

BOE-A-1992-26536 · Boletín Oficial del Estado, 1992-12-01 · Ministerio de Obras Públicas y Transportes

Real Decreto 1273/1992 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.

Resumen

Esta norma regula el otorgamiento de concesiones y la asignación de frecuencias para la explotación del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia por parte de las Corporaciones locales. Aplica a las Corporaciones locales que deseen gestionar este servicio y fue publicada el 23 de octubre de 1992.

Entre los puntos clave, establece que las concesiones serán otorgadas por el Gobierno o por las Comunidades Autónomas, dependiendo de la competencia. Las Corporaciones locales deben presentar solicitudes que incluyan documentación específica, como un acta del Pleno y un proyecto técnico de instalación de la emisora. Además, la Dirección General de Telecomunicaciones es responsable de la asignación de frecuencias y la inspección de las instalaciones, asegurando que cumplan con los estándares técnicos establecidos. La duración de las concesiones es de diez años, con posibilidad de prórroga, y se inscribirán en un registro específico. Esta norma no está derogada y sigue vigente.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1273/1992
Fecha de la disposición
1992-10-23
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 288, 1992-12-01
Entrada en vigor
1992-12-02
Departamento
Ministerio de Obras Públicas y Transportes
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-17
Artículos
18
Identificador BOE
BOE-A-1992-26536
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, establece en su artículo 26.3, apartado a), que los servicios de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia podrán ser explotados, en concurrencia, directamente por las Administraciones Públicas o sus entes públicos con competencia en la materia, conforme a la legislación sobre medios de comunicación social, e indirectamente mediante concesión administrativa por las Corporaciones locales. El citado precepto añade que la implantación de tales servicios públicos se efectuará siempre de acuerdo con los Planes Técnicos Nacionales, aprobados por el Gobierno, que para este fin se elaboren por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes para todo el territorio español.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

Normas a las que afecta (6)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1273/1992?
Real Decreto 1273/1992 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1273/1992?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1273/1992?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.