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Real Decreto Vigente

Artículo 2. Competencia para la concesión del servicio.

Artículo 2 del Real Decreto 1273/1992, de 23 de octubre, por el que se regula el otorgamiento de concesiones y la asignación de frecuencias para la explotación del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia por las Corporaciones locales. · BOE-A-1992-26536

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-12-02.

Texto consolidado

Las concesiones administrativas para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia por las Corporaciones locales serán otorgadas por el Gobierno, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Transportes, o por el órgano competente de las Comunidades Autónomas con competencia en materia de medios de comunicación social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-12-02.

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