Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre sociedades anónimas deportivas.
BOE-A-1999-15686 · Boletín Oficial del Estado, 1999-07-17 · Ministerio de Educación y Cultura
Real Decreto 1251/1999 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1251/1999
- Fecha de la disposición
- 1999-07-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 170, 1999-07-17
- Entrada en vigor
- 1999-07-18
- Departamento
- Ministerio de Educación y Cultura
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 44
- Identificador BOE
- BOE-A-1999-15686
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 109 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, ha venido a dar nueva redacción a determinados preceptos de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, especialmente a aquellos que regulan el régimen jurídico de las sociedades anónimas deportivas. La modificación legislativa operada ha tenido por finalidad básica la de aproximar el régimen jurídico de las sociedades anónimas deportivas al del resto de entidades que adoptan esta forma societaria, permitiendo una futura cotización de sus acciones en las Bolsas de Valores y, simultáneamente, establecer un sistema de control administrativo sobre el accionariado y la contabilidad de estas sociedades, con el fin de velar por la pureza de la competición y proteger los intereses públicos y de los potenciales inversores.
Índice del articulado
- Artículo 1. Sociedades anónimas deportivas.
- Artículo 2. Objeto social.
- Artículo 3. Capital mínimo.
- Artículo 4. Constitución.
- Artículo 5. Inscripción.
- Artículo 6. Desembolso y representación del capital.
- Artículo 7. Ventajas de los fundadores.
- Artículo 8. Estatutos sociales.
- Artículo 9. Cotización en Bolsas de Valores.
- Artículo 10. Concepto y comunicación de participaciones significativas.
- Artículo 11. Alcance de la adquisición o enajenación.
- Artículo 12. Comunicación de participaciones significativas.
- Artículo 13. Procedimiento de la comunicación.
- Artículo 14. Participaciones significativas de sociedades cotizadas.
- Artículo 15. Registro de Participaciones Significativas.
- Artículo 16. Autorización para la adquisición de acciones.
- Artículo 17. Prohibiciones de adquisición de acciones.
- Artículo 18. Información sobre la composición del accionariado.
- Artículo 19. Obligaciones contables.
- Artículo 20. Información periódica.
- Artículo 21. Consejo de Administración.
- Artículo 22. Créditos subordinados.
- Artículo 23. Información sobre modificación de Estatutos sociales.
- Artículo 24. Derecho de tanteo y retracto sobre instalaciones deportivas.
- Artículo 25. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Presupuestos y contabilidad de los clubes profesionales.
- Disposición adicional segunda. Avales de los clubes profesionales.
- Disposición adicional tercera. Compensación de avales.
- Disposición adicional cuarta. Obligaciones contables y de información periódica de los clubes profesionales.
- Disposición adicional quinta. Transformación de clubes que ascienden de categoría.
- Disposición adicional sexta. Competiciones profesionales.
- Disposición adicional séptima. Comisión Mixta de Transformación.
- Disposición adicional octava. Transformación voluntaria en sociedades anónimas deportivas.
- Disposición adicional novena. Coordinación de las competencias del Consejo Superior de Deportes y de las ligas profesionales.
- Disposición adicional décima. Plazos para solicitar la admisión a cotización.
- Disposición adicional undécima. Prohibición aplicable a los administradores.
- Disposición adicional duodécima. Prohibición de incremento de gasto público.
- Disposición transitoria primera. Fijación del capital social mínimo en la temporada 1999-2000.
- Disposición transitoria segunda. Devolución de avales.
- Disposición transitoria tercera. Implantación de las obligaciones de información.
- Disposición transitoria cuarta. Aplicación de normas contables.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1251/1999?
- Real Decreto 1251/1999 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1251/1999?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1251/1999?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.