El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición adicional cuarta. Obligaciones contables y de información periódica de los clubes profesionales.

Disposición adicional cuarta del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre sociedades anónimas deportivas. · BOE-A-1999-15686

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-07-18.

Texto consolidado

1. Los clubes a que se refieren las disposiciones adicionales séptima y octava de la Ley del Deporte estarán sujetos, en relación a sus secciones deportivas profesionales, a las mismas normas de contabilidad e información periódica que las sociedades anónimas deportivas, siéndoles de aplicación, en consecuencia, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del presente Real Decreto.

2. El incumplimiento de las obligaciones a que se refiere el apartado anterior dará lugar a la imposición de las sanciones que procedan, de conformidad con lo prevenido en el título XI de la Ley del Deporte.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-07-18.

Más artículos de Real Decreto 1251/1999

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1251/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.