Real Decreto 1154/2024, de 19 de noviembre, por el que se regula la expedición del pasaporte provisional y del salvoconducto.
BOE-A-2024-24098 · Boletín Oficial del Estado, 2024-11-20 · Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Real Decreto 1154/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1154/2024
- Fecha de la disposición
- 2024-11-19
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 280, 2024-11-20
- Entrada en vigor
- 2025-12-09
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 25
- Identificador BOE
- BOE-A-2024-24098
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, y el Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, por el que se regula la expedición del pasaporte ordinario y se determinan sus características, otorgan la competencia para la expedición del pasaporte ordinario en el extranjero a las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares españolas, debiendo comunicar el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación al Ministerio del Interior las relaciones de pasaportes expedidos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Naturaleza del pasaporte provisional y funciones.
- Artículo 2. Derecho a la obtención del pasaporte provisional.
- Artículo 3. Órganos competentes para la gestión y expedición del pasaporte provisional.
- Artículo 4. Procedimiento de expedición.
- Artículo 5. Validez del pasaporte provisional.
- Artículo 6. Características y descripción del pasaporte provisional.
- Artículo 7. Contenido.
- Artículo 8. Definiciones.
- Artículo 9. Naturaleza del salvoconducto y funciones.
- Artículo 10. Derecho a la obtención del salvoconducto por parte de las personas de nacionalidad española y procedimiento de expedición.
- Artículo 11. Expedición de salvoconducto a nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y sus familiares.
- Artículo 12. Expedición de salvoconducto a nacionales de terceros Estados no miembros de la Unión Europea.
- Artículo 13. Validez del salvoconducto.
- Artículo 14. Características y descripción de salvoconducto.
- Artículo 15. Devolución del salvoconducto.
- Artículo 16. Tasas consulares.
- Artículo 17. Protección de datos.
- Disposición adicional primera. Procedimiento aplicable a solicitudes de documento provisional de viaje de la Unión Europea (DPV UE) por parte de personas con nacionalidad españo…
- Disposición adicional segunda. Producción, supervisión y evaluación de los documentos provisionales de viaje de la Unión Europea (DPV UE).
- Disposición transitoria única. Validez de los pasaportes provisionales expedidos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final segunda. Título competencial habilitante.
- Disposición final tercera. Habilitaciones.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1154/2024?
- Real Decreto 1154/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1154/2024?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.