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Real Decreto 1154/2024, de 19 de noviembre, por el que se regula la expedición del pasaporte provisional y del salvoconducto.

BOE-A-2024-24098 · Boletín Oficial del Estado, 2024-11-20 · Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Real Decreto 1154/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.

Resumen

Esta norma regula la expedición del pasaporte provisional y del salvoconducto para ciudadanos españoles y otros beneficiarios en situaciones específicas. Se aplica a partir del 9 de diciembre de 2025 y es relevante para las personas que se encuentren en el extranjero y necesiten estos documentos por razones urgentes.

Los puntos clave incluyen: 1) El pasaporte provisional se puede expedir a ciudadanos españoles que no puedan obtener un pasaporte ordinario debido a su situación, como enfermedad o lejanía, con una validez máxima de 12 meses. 2) El salvoconducto permite a los ciudadanos españoles o a ciudadanos de la UE regresar a España sin pasaporte, siendo válido por un único viaje y con un máximo de 15 días de vigencia. 3) Se establece un procedimiento claro para la obtención de ambos documentos a través de las Oficinas Consulares, y se detallan las obligaciones de los beneficiarios, como la entrega del salvoconducto a las autoridades correspondientes al llegar a España. 4) Se deroga el Real Decreto 116/2013, que regulaba anteriormente estos documentos, actualizando así su normativa a las directivas europeas vigentes.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1154/2024
Fecha de la disposición
2024-11-19
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 280, 2024-11-20
Entrada en vigor
2025-12-09
Departamento
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
25
Identificador BOE
BOE-A-2024-24098
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, y el Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, por el que se regula la expedición del pasaporte ordinario y se determinan sus características, otorgan la competencia para la expedición del pasaporte ordinario en el extranjero a las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares españolas, debiendo comunicar el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación al Ministerio del Interior las relaciones de pasaportes expedidos.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1154/2024?
Real Decreto 1154/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1154/2024?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.