Real Decreto 1021/2022, de 13 de diciembre, por el que se regulan determinados requisitos en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios en establecimientos de comercio al por menor.
BOE-A-2022-21681 · Boletín Oficial del Estado, 2022-12-21 · Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Real Decreto 1021/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
El Real Decreto 1021/2022 regula los requisitos de higiene en la producción y comercialización de productos alimenticios en establecimientos de comercio al por menor, aplicándose a todos los comercios que manipulan, preparan o venden alimentos desde su entrada en vigor el 14 de diciembre de 2022.
Entre las principales obligaciones establecidas, se incluyen: la necesidad de mantener los alimentos a temperaturas específicas para garantizar su seguridad, la regulación de la venta de productos con defectos que no afecten su seguridad, y la obligación de que los establecimientos informen a los consumidores sobre la procedencia y tratamiento de los alimentos, especialmente en el caso de productos de la pesca. Además, se permite a los clientes llevar sus propios envases para la compra de alimentos, siempre que cumplan con las condiciones de higiene. También se establecen medidas para la adaptación de los requisitos de higiene a las características de cada establecimiento, facilitando así su cumplimiento. Esta norma deroga disposiciones anteriores que regulaban aspectos similares, unificando y simplificando la normativa en esta materia.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1021/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-12-13
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 305, 2022-12-21
- Entrada en vigor
- 2022-12-22
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 27
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-21681
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reglamento (CE) n.º 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria, establece el marco de regulación de la Unión Europea en materia de seguridad alimentaria.
Dicho reglamento fue desarrollado y complementado por varias disposiciones, a las que se denomina en conjunto «paquete de higiene», entre las que se incluyen el Reglamento (CE) n.º 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, y el Reglamento (CE) n.º 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Suministro de alimentos de producción propia y productos de origen animal entre establecimientos de comercio al por menor.
- Artículo 4. Requisitos de temperatura de los productos alimenticios.
- Artículo 5. Operaciones de congelación, descongelación y recongelación de alimentos.
- Artículo 6. Requisitos específicos para las comidas preparadas.
- Artículo 7. Requisitos específicos para las carnes frescas, carne picada, preparados de carne y productos cárnicos.
- Artículo 8. Requisitos específicos para los productos de la pesca y moluscos bivalvos vivos.
- Artículo 9. Requisitos específicos para los alimentos elaborados con huevo.
- Artículo 10. Zonas de degustación en el comercio al por menor.
- Artículo 11. Identificación de los productos elaborados en el comercio al por menor.
- Artículo 12. Responsabilidades de los operadores de máquinas expendedoras.
- Artículo 13. Suministro directo de alimentos preparados en locales utilizados principalmente como vivienda privada.
- Artículo 14. Acceso de animales a los establecimientos de comercio al por menor.
- Artículo 15. Establecimientos con perros o gatos propios destinados a interactuar con la clientela.
- Artículo 16. Donación de alimentos.
- Artículo 17. Alimentos con defectos que no afectan a la seguridad de los mismos.
- Artículo 18. Empleo de recipientes reutilizables aptos para el contacto con alimentos.
- Artículo 19. Procedimiento para la concesión de adaptaciones de los requisitos de higiene en establecimientos de comercio al por menor.
- Artículo 20. Flexibilidad del sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico.
- Artículo 21. Controles oficiales.
- Artículo 22. Régimen sancionador.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposi…
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (11)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1021/2022?
- Real Decreto 1021/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1021/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.