Orden TMA/285/2020, de 25 de marzo, por la que se adoptan medidas extraordinarias de flexibilidad en los ámbitos de la aviación civil no regulados por la normativa de la Unión Europea en relación con la situación creada por la crisis global del coronavirus COVID-19.
BOE-A-2020-4066 · Boletín Oficial del Estado, 2020-03-26 · Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Orden TMA/285/2020 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).
Datos clave
- Rango
- Orden TMA/285/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-03-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 83, 2020-03-26
- Entrada en vigor
- 2020-03-14
- Departamento
- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- Estado
- Vigencia agotada
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 11
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-4066
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La situación creada por la crisis global del COVID-19 ha conllevado el establecimiento de restricciones drásticas en materia de movilidad tanto dentro como fuera del territorio español, así como el cierre de fronteras entre numerosos países. Estas restricciones están dificultando hasta extremos impeditivos el cumplimiento por las organizaciones y profesionales aeronáuticos de los requisitos exigidos para el mantenimiento de los certificados, licencias u otras habilitaciones exigibles para el ejercicio de la actividad.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito.
- Artículo 3. Exenciones en el ámbito del anexo III del Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, por el que se regulan las actividades aéreas de lucha contra incendios y búsqued…
- Artículo 4. Exenciones para las licencias y certificados médicos de la tripulación de vuelo en el ámbito del anexo II del Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre.
- Artículo 5. Exenciones en el ámbito de la Resolución de 5 de julio de 2002, de la Dirección General de Aviación Civil por la que se establecen procedimientos operativos específi…
- Artículo 6. Exenciones en el ámbito de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea.
- Artículo 7. Exenciones en el ámbito del Real Decreto 1133/2010, de 10 de septiembre, por el que se regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS).
- Artículo 8. Exenciones en el ámbito del Real Decreto 1238/2011, de 8 de septiembre, por el que se regula el servicio de dirección en la plataforma aeroportuaria.
- Artículo 9. Exenciones en el ámbito del Transporte Seguro de Mercancías Peligrosas por vía Aérea en relación con la vigencia de cursos iniciales y periódicos.
- Disposición final primera. Habilitación de exenciones específicas.
- Disposición final segunda. Vigencia.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (8)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden TMA/285/2020?
- Orden TMA/285/2020 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden TMA/285/2020?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden TMA/285/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.