Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.
BOE-A-2005-11757 · Boletín Oficial del Estado, 2005-07-08 · Comunidad de Castilla y León
Ley 7/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 7/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-05-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 162, 2005-07-08
- Entrada en vigor
- 2005-06-30
- Departamento
- Comunidad de Castilla y León
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 150
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-11757
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 32.1.1.ª de la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Castilla y León, atribuye competencias exclusivas a la Comunidad respecto de la organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios.
- Artículo 4. Valores éticos.
- Artículo 5. Órganos superiores en materia de función pública.
- Artículo 6. La Junta de Castilla y León.
- Artículo 7. El Consejero competente en materia de Función Pública.
- Artículo 8. Delegación de competencias.
- Artículo 9. Comunicación e Información.
- Artículo 10. El Consejero competente en materia de política presupuestaria y de gasto público.
- Artículo 11. El Consejo de la Función Pública.
- Artículo 12. La Comisión Regional de la Función Pública.
- Artículo 13. Personal al servicio de la Administración de Castilla y León.
- Artículo 14. Personal funcionario.
- Artículo 15. Personal interino.
- Artículo 16. Personal eventual.
- Artículo 17. Personal laboral.
- Artículo 18. Objeto de la planificación de recursos humanos.
- Artículo 19. Planes de Empleo.
- Artículo 20. Oferta de Empleo Público.
- Artículo 21. Estructura de la organización.
- Artículo 22. Plantilla.
- Artículo 23. Relaciones de puestos de trabajo
- Artículo 24. Tramitación y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo.
- Artículo 25. Puestos de carácter directivo.
- Artículo 26. Registro General de Personal.
- Artículo 27. Acceso a los datos del Registro.
- Artículo 28. Ordenación del personal funcionario.
- Artículo 29. Cuerpos, Escalas y Especialidades.
- Artículo 30. Cuerpos de Administración General y Especial.
- Artículo 31. Cuerpos de Administración General.
- Artículo 32. Cuerpos y Escalas de Administración Especial.
- Artículo 33. Cuerpos y Escalas Docentes.
- Artículo 34. Cuerpos y Escalas Sanitarios.
- Artículo 35. La creación, modificación y supresión de Cuerpos y Escalas.
- Artículo 36. Adquisición de la condición de funcionario.
- Artículo 37. Pérdida de la condición de funcionario.
- Artículo 38. Jubilación.
- Artículo 39. Selección.
- Artículo 40. Sistemas de selección.
- Artículo 41. Selección de personal funcionario.
- Artículo 42. Selección de personal laboral fijo.
- Artículo 43. Selección de personal temporal.
- Artículo 44. Convocatorias.
- Artículo 45. Cursos de formación.
- Artículo 46. Requisitos.
- Artículo 47. Órganos de selección.
- Artículo 48. Procedimientos de provisión.
- Artículo 49. Movilidad interadministrativa.
- Artículo 50. Concurso.
- Artículo 51. Libre designación.
- Artículo 52. Reasignación de efectivos.
- Artículo 53. Traslados forzosos del puesto de trabajo.
- Artículo 54. Traslado por razones de violencia de género.
- Artículo 55. Traslado por causa de salud o acoso laboral.
- Artículo 55 bis). Traslado provisional derivado de la presentación de informaciones sobre hechos relacionados con posibles delitos contra la Administración Pública.
- Artículo 56. Sistemas de provisión de carácter temporal.
- Artículo 56 bis. Atribución de funciones.
- Artículo 57. Derechos.
- Artículo 58. Vacaciones retribuidas.
- Artículo 59. Permisos de carácter general.
- Artículo 60. Permisos por maternidad y paternidad.
- Artículo 61. Permisos por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral y por razón de violencia de género.
- Artículo 62. Licencias.
- Artículo 63. Deberes.
- Artículo 64. Carrera Administrativa.
- Artículo 65. Grado personal.
- Artículo 66. Carrera profesional horizontal.
- Artículo 67. Adquisición por cursos y otros requisitos.
- Artículo 68. Reconocimiento del Grado Personal.
- Artículo 69. Garantías derivadas del puesto de trabajo.
- Artículo 70. Evaluación del desempeño.
- Artículo 71. De la promoción interna.
- Artículo 72. Principios generales.
- Artículo 73. Incompatibilidades.
- Artículo 74. Responsabilidades.
- Artículo 75. Principios retributivos.
- Artículo 76. Conceptos retributivos.
- Artículo 77. Determinación de las cuantías de los conceptos retributivos.
- Artículo 78. Retribuciones del personal interino, eventual y laboral.
- Artículo 79. Régimen de Seguridad Social.
- Artículo 80. Falta disciplinaria.
- Artículo 81. Faltas muy graves.
- Artículo 82. Faltas graves.
- Artículo 83. Faltas leves.
- Artículo 84. Personas responsables.
- Artículo 85. Sanciones disciplinarias.
- Artículo 86. Procedimiento disciplinario.
- Artículo 87. Prescripción de faltas y sanciones.
- Artículo 88. Situaciones.
- Artículo 89. Servicio activo.
- Artículo 90. Servicios especiales.
- Artículo 91. Excedencia voluntaria.
- Artículo 92. Excedencia por cuidado de familiares.
- Artículo 93. Excedencia por razón de violencia sobre la mujer funcionaria.
- Artículo 94. Expectativa de destino.
- Artículo 95. Excedencia forzosa aplicable a funcionarios en expectativa de destino.
- Artículo 96. Excedencia voluntaria incentivada.
- Artículo 97. Situación de servicios en otras Administraciones Públicas.
- Artículo 98. Suspensión.
- Artículo 99. Principios generales.
- Artículo 100. Órganos de representación.
- Artículo 101. Facultades de los órganos de representación.
- Artículo 102. Mesas de negociación.
- Artículo 103. Composición y funcionamiento.
- Artículo 104. Objeto de la negociación.
- Artículo 105. Estructura de la negociación colectiva.
- Artículo 106. Negociación de materias comunes al personal funcionario y laboral.
- Artículo 107. Pactos y acuerdos.
- Artículo 108. Procedimientos de solución extrajudicial de conflictos colectivos.
- Artículo 109. Selección.
- Artículo 110. Situaciones administrativas.
- Artículo 111. Permisos, licencias y vacaciones.
- Artículo 112. Obligaciones.
- Artículo 113. Responsabilidad disciplinaria.
- Disposición adicional primera. Acceso al empleo público de las personas con discapacidad.
- Disposición adicional segunda. Acceso al empleo público de las personas en situación o riesgo de exclusión social.
- Disposición adicional tercera. Integración de los funcionarios transferidos.
- Disposición adicional cuarta. Equivalencia de titulaciones.
- Disposición adicional quinta. Promoción interna al Grupo C.
Normas que la modifican o afectan (21)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 7/2005?
- Ley 7/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 7/2005?
- El BOE registra 21 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 7/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.