Ley 6/2016, de 12 de mayo, del Tercer Sector Social de Euskadi.
BOE-A-2016-6085 · Boletín Oficial del Estado, 2016-06-23 · Comunidad Autónoma del País Vasco
Ley 6/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 6/2016
- Fecha de la disposición
- 2016-05-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 151, 2016-06-23
- Entrada en vigor
- 2016-05-20
- Departamento
- Comunidad Autónoma del País Vasco
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 31
- Identificador BOE
- BOE-A-2016-6085
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 6/2016, de 12 de mayo, del Tercer Sector Social de Euskadi.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Estatuto de Autonomía para el País Vasco, aprobado por la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, en su artículo 9.2 atribuye a los poderes públicos vascos la obligación de adoptar medidas dirigidas a promover las condiciones y a remover los obstáculos para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean efectivas y reales, así como la de facilitar la participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social del País Vasco.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Organizaciones del tercer sector social de Euskadi.
- Artículo 3. Organizaciones de iniciativa social.
- Artículo 4. Actividades de intervención social y actividades sociales de interés general.
- Artículo 5. Censo de organizaciones del tercer sector social de Euskadi.
- Artículo 6. Principios de actuación.
- Artículo 7. Diálogo civil.
- Artículo 8. Participación en órganos consultivos de las administraciones públicas vascas y en iniciativas puntuales relacionadas con la orientación de su acción.
- Artículo 9. Participación en el Consejo Económico y Social Vasco.
- Artículo 10. Cooperación en los sistemas de responsabilidad pública y en los espacios de interacción entre sistemas.
- Artículo 11. Cooperación en la gestión de sistemas de responsabilidad pública y de espacios de interacción entre sistemas.
- Artículo 12. Cooperación en la provisión de servicios de responsabilidad pública.
- Artículo 13. Cooperación en la función de referente y la coordinación de caso.
- Artículo 14. Colaboración en otras actividades sociales de interés general.
- Artículo 15. Instrumentos para formalizar la cooperación y colaboración entre las administraciones públicas y las organizaciones del tercer sector social de Euskadi.
- Artículo 16. Obligaciones de las organizaciones del tercer sector social de Euskadi que cooperen y colaboren con las administraciones públicas vascas.
- Artículo 17. Estrategia de promoción del tercer sector social de Euskadi.
- Artículo 18. Medidas de promoción de otros niveles de las administraciones públicas vascas.
- Artículo 19. Informe sobre las medidas de promoción del tercer sector social de Euskadi.
- Artículo 20. Apoyo y colaboración con otros agentes que llevan a cabo acciones de promoción de las actividades sociales de interés general de las organizaciones, ajenas a la pro…
- Artículo 21. Medidas de apoyo al desarrollo de infraestructuras, la realización de inversiones, la mejora de la gestión y el impulso de la actividad económica de las organizacio…
- Artículo 22. Impulso del reconocimiento del tercer sector social de Euskadi y su contribución, de su estructuración y de la colaboración entre organizaciones y redes.
- Artículo 23. Consideración de la contribución del tercer sector social de Euskadi y evaluación del impacto de otras medidas del sector público sobre el tercer sector social de E…
- Artículo 24. Promoción por las administraciones públicas vascas de la colaboración entre las empresas y el tercer sector social de Euskadi.
- Artículo 25. Observatorio Vasco del Tercer Sector Social.
- Disposición adicional primera. Mesa de Diálogo Civil de Euskadi.
- Disposición adicional segunda. Representación en el Consejo Económico y Social Vasco.
- Disposición adicional tercera. Estrategia de promoción del tercer sector social de Euskadi.
- Disposición adicional cuarta. Evaluación legislativa.
- Disposición final primera. Legislación aplicable a las organizaciones del tercer sector de acción social.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor de la ley.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOPV. núm. 96 de 23 de mayo de 2016 |
| Se modifica | el art. 2, por Ley 21/2023, de 22 de diciembre |
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 6/2016?
- Ley 6/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 6/2016?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/2016?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.