Artículo 9. Participación en el Consejo Económico y Social Vasco.
Artículo 9 de la Ley 6/2016, de 12 de mayo, del Tercer Sector Social de Euskadi. · BOE-A-2016-6085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-05-20.
Texto consolidado
Las organizaciones del tercer sector social de Euskadi participarán en el Consejo Económico y Social Vasco y tendrán derecho a designar una persona representante como miembro de pleno derecho en la forma que disponga la norma reguladora de ese órgano.
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- Ver la norma completa: Ley 6/2016, de 12 de mayo, del Tercer Sector Social de Euskadi.