Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
BOE-A-2023-5366 · Boletín Oficial del Estado, 2023-03-01 · Jefatura del Estado
Ley 4/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 4/2023
- Fecha de la disposición
- 2023-02-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 51, 2023-03-01
- Entrada en vigor
- 2023-03-02
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 109
- Identificador BOE
- BOE-A-2023-5366
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Deber de protección.
- Artículo 5. Reconocimiento y apoyo institucional.
- Artículo 6. Divulgación y sensibilización.
- Artículo 7. Estadísticas y estudios.
- Artículo 8. Colaboración entre Administraciones públicas.
- Artículo 9. Consejo de Participación de las Personas LGTBI.
- Artículo 10. Estrategia estatal para la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
- Artículo 11. Empleo público.
- Artículo 12. Formación del personal al servicio de las Administraciones públicas.
- Artículo 13. Documentación administrativa.
- Artículo 14. Igualdad de trato y de oportunidades de las personas LGTBI en el ámbito laboral.
- Artículo 15. Igualdad y no discriminación LGTBI en las empresas.
- Artículo 16. Protección y promoción de la salud de las personas LGTBI.
- Artículo 17. Prohibición de terapias de conversión.
- Artículo 18. Educación sexual y reproductiva.
- Artículo 19. Atención a la salud integral de las personas intersexuales.
- Artículo 20. Diversidad LGTBI en el ámbito educativo.
- Artículo 21. Deberes de las Administraciones educativas.
- Artículo 22. Formación en el ámbito docente y educativo.
- Artículo 23. Material didáctico respetuoso con la diversidad LGTBI.
- Artículo 24. Programas de información en el ámbito educativo.
- Artículo 25. Medidas en el ámbito de la cultura y el ocio.
- Artículo 26. Deporte, actividad física y educación deportiva.
- Artículo 27. Igualdad de trato y no discriminación en la publicidad y en los medios de comunicación social.
- Artículo 28. Promoción de la adopción de acuerdos de autorregulación.
- Artículo 29. Medidas de protección contra el ciberacoso.
- Artículo 30. Protección frente a la discriminación de las familias LGTBI.
- Artículo 31. Personas menores de edad en familias LGTBI.
- Artículo 32. Integración familiar y social de personas menores de edad y jóvenes LGTBI.
- Artículo 33. Formación, información, asesoramiento y apoyo.
- Artículo 34. Instituto de la Juventud O.A.
- Artículo 35. Adopción y acogimiento familiar.
- Artículo 36. Acción exterior.
- Artículo 37. Familias del personal LGTBI del servicio exterior.
- Artículo 38. Protección internacional.
- Artículo 39. Igualdad de derechos y oportunidades de las personas LGTBI en el medio rural.
- Artículo 40. Cooperación entre administraciones.
- Artículo 41. Visibilización de las personas LGTBI en el medio rural.
- Artículo 42. Promoción del turismo LGTBI.
- Artículo 43. Legitimación.
- Artículo 44. Procedimiento para la rectificación registral de la mención relativa al sexo.
- Artículo 45. Autoridad competente.
- Artículo 46. Efectos.
- Artículo 47. Reversibilidad de la rectificación de la mención registral relativa al sexo de las personas.
- Artículo 48. Cambio de nombre en el Registro Civil de personas menores de edad.
- Artículo 49. Adecuación de documentos a la mención registral relativa al sexo.
- Artículo 50. Adecuación de los documentos expedidos a personas extranjeras.
- Artículo 51. Adecuación de documentos al cambio de nombre en el Registro Civil de personas menores de edad y principio de no discriminación.
- Artículo 52. Estrategia estatal para la inclusión social de las personas trans.
- Artículo 53. Participación de las personas trans.
- Artículo 54. Fomento del empleo de las personas trans.
- Artículo 55. Integración sociolaboral de las personas trans.
- Artículo 56. Atención sanitaria integral a personas trans.
- Artículo 57. Consentimiento informado.
- Artículo 58. Formación del personal sanitario, investigación y seguimiento.
- Artículo 59. Protocolos de actuación en el ámbito de la salud y servicios especializados.
- Artículo 60. Tratamiento del alumnado menor de edad conforme al nombre registral.
- Artículo 61. Protocolos de atención al alumnado trans y contra el acoso transfóbico.
- Artículo 62. Medidas de protección frente a la discriminación y la violencia.
- Artículo 63. Actuación administrativa contra la discriminación.
- Artículo 64. Nulidad de los contratos y negocios jurídicos discriminatorios.
- Artículo 65. Legitimación para la defensa del derecho a la igualdad de trato y no discriminación.
- Artículo 66. Reglas relativas a la carga de la prueba.
- Artículo 67. Derecho a la atención y al asesoramiento jurídico.
- Artículo 68. Derecho de las víctimas de violencia a la asistencia integral y especializada.
- Artículo 69. Medidas de protección frente a la violencia en el ámbito familiar.
- Artículo 70. Personas LGTBI menores de edad.
- Artículo 71. Personas LGTBI con discapacidad o en situación de dependencia.
- Artículo 72. Personas extranjeras LGTBI.
- Artículo 73. Personas mayores LGTBI.
- Artículo 74. Personas intersexuales.
- Artículo 75. Personas LGTBI en situación de sinhogarismo.
- Artículo 76. Objeto y ámbito de aplicación de este título.
- Artículo 77. Competencia.
- Artículo 78. Plazo de resolución.
- Artículo 79. Infracciones.
- Artículo 80. Sanciones y criterios de graduación.
- Artículo 81. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
- Artículo 82. Prohibición de ayudas a asociaciones que cometan, inciten o promocionen actos discriminatorios o de violencia contra las personas LGTBI.
- Disposición adicional primera. Actualización de la cuantía de las sanciones.
- Disposición adicional segunda. Igualdad de trato y no discriminación en el acceso a la vivienda.
- Disposición adicional tercera. Estudio del sexilio.
- Disposición adicional cuarta. Aplicación supletoria de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de procedimientos.
- Disposición transitoria segunda. Solicitudes de rectificación registral de la mención relativa al sexo en tramitación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 21/1987, de 11 de noviembre, por la que se modifican determinados artículos del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civi…
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
- Disposición final sexta. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
- Disposición final séptima. Modificación de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
- Disposición final octava. Modificación de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
- Disposición final novena. Modificación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.
- Disposición final décima. Modificación de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
- Disposición final undécima. Modificación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
- Disposición final duodécima. Modificación de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
- Disposición final decimotercera. Modificación de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.
- Disposición final decimocuarta. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
- Disposición final decimoquinta. Modificación del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
- Disposición final decimosexta. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
- Disposición final decimoséptima. Modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
- Disposición final decimoctava. Título competencial.
- Disposición final decimonovena. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final vigésima. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (18)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 4/2023?
- Ley 4/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 4/2023?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/2023?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.