Ley 4/2017, de 27 de junio, de accesibilidad universal de la Región de Murcia.
BOE-A-2017-9488 · Boletín Oficial del Estado, 2017-08-09 · Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Ley 4/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 4/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-06-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 189, 2017-08-09
- Entrada en vigor
- 2017-07-19
- Departamento
- Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 54
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-9488
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley de accesibilidad universal de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Condiciones de accesibilidad universal.
- Artículo 4. Condiciones de accesibilidad a edificaciones, espacios públicos urbanizados y espacios públicos naturales.
- Artículo 5. Condiciones de accesibilidad al transporte.
- Artículo 6. Condiciones de accesibilidad a la sociedad de la información y de las telecomunicaciones.
- Artículo 7. Condiciones de accesibilidad a los bienes y servicios a disposición del público y relaciones con las administraciones públicas.
- Artículo 8. Condiciones de accesibilidad de las actividades culturales, deportivas y de ocio.
- Artículo 9. Condiciones de accesibilidad a la formación y educación.
- Artículo 10. Principios.
- Artículo 11. Medidas contra la discriminación y de acción positiva.
- Artículo 12. Medidas de fomento.
- Artículo 13. Sistema de gestión de la accesibilidad universal.
- Artículo 14. Observatorio de la Accesibilidad en la Región de Murcia.
- Artículo 15. Fondo para la Promoción de la Accesibilidad.
- Artículo 16. Licencias y autorizaciones municipales.
- Artículo 17. Contratos administrativos.
- Artículo 18. Visado de los proyectos técnicos.
- Artículo 19. Control de las condiciones de accesibilidad.
- Artículo 20. Creación del Consejo Asesor Regional de Accesibilidad Universal de la Región de Murcia.
- Artículo 21. Competencias de la Administración Regional.
- Artículo 22. Competencias de los entes locales.
- Artículo 23. Requisitos de accesibilidad.
- Artículo 24. Condiciones de accesibilidad en la edificación.
- Artículo 25. Condiciones de accesibilidad en los espacios públicos urbanizados y los espacios públicos naturales.
- Artículo 26. Accesibilidad en espacios públicos naturales.
- Artículo 27. Medidas de acción positiva en la edificación, espacios públicos urbanizados y espacios públicos naturales.
- Artículo 28. Planes de accesibilidad.
- Artículo 29. Condiciones de accesibilidad en el sistema de transporte e infraestructuras vinculadas al mismo.
- Artículo 30. Memoria de accesibilidad en las infraestructuras.
- Artículo 31. Garantía de acceso y no discriminación.
- Artículo 32. Adaptación de los servicios a las condiciones de accesibilidad.
- Artículo 33. Preferencia en los asientos y plazas reservadas.
- Artículo 34. Información.
- Artículo 35. Condiciones de accesibilidad en la sociedad de la información y los medios de comunicación social.
- Artículo 36. Condiciones de accesibilidad a la comunicación.
- Artículo 37. Condiciones de accesibilidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.
- Artículo 38. Relaciones con las administraciones públicas.
- Artículo 39. Accesibilidad a las actividades culturales, deportivas y de ocio.
- Artículo 40. Condiciones de accesibilidad a formación y educación.
- Artículo 41. Objeto de las infracciones.
- Artículo 42. Interesados.
- Artículo 43. Sujetos responsables.
- Artículo 44. Infracciones y sanciones.
- Artículo 45. Procedimiento sancionador, prescripción, caducidad y deber de colaboración.
- Artículo 46. Administración y órganos competentes.
- Disposición adicional única. Accesibilidad y diseño para personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
- Disposición transitoria primera. Periodo transitorio de aplicación de las normas.
- Disposición transitoria segunda. Títulos habilitantes de naturaleza urbanística.
- Disposición transitoria tercera. Texto de lectura fácil.
- Disposición derogatoria primera. Normativa derogada.
- Disposición derogatoria segunda. Comisión Regional para la Habitabilidad y Accesibilidad.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 4/2017?
- Ley 4/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.