Artículo 30. Memoria de accesibilidad en las infraestructuras.
Artículo 30 de la Ley 4/2017, de 27 de junio, de accesibilidad universal de la Región de Murcia. · BOE-A-2017-9488
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-19.
Texto consolidado
1. Los proyectos sobre las infraestructuras de transporte promovidos por la Administración autonómica incorporarán una memoria de accesibilidad que examine las alternativas y determine las soluciones técnicas necesarias para garantizar la accesibilidad universal y no discriminación a todos los ciudadanos con discapacidad.
2. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, cuando a la vista de las características del proyecto, éste no incida en la accesibilidad, directa o indirectamente, no será necesaria dicha memoria, circunstancia que se acreditará mediante certificación del órgano de contratación.