Disposición adicional única. Accesibilidad y diseño para personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
Disposición adicional única de la Ley 4/2017, de 27 de junio, de accesibilidad universal de la Región de Murcia. · BOE-A-2017-9488
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-19.
Texto consolidado
Los aspectos de accesibilidad universal de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordo ciegas se ajustarán a lo establecido en la normativa estatal reguladora de las lenguas de signos españolas, y con su correspondiente desarrollo reglamentario en lo que se refiere a los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.