Ley 16/2021, de 20 de diciembre, del Plan gallego de estadística 2022-2026.
BOE-A-2022-3413 · Boletín Oficial del Estado, 2022-03-04 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 16/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 16/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-12-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 54, 2022-03-04
- Entrada en vigor
- 2022-01-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 30
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-3413
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
El artículo 27.6 del Estatuto de autonomía de Galicia recoge la competencia exclusiva de la estadística para los fines de la Comunidad Autónoma. En aplicación de ese artículo, el Parlamento aprobó la Ley 9/1988, de 19 de julio, de estadística de Galicia, modificada por las Leyes 7/1993, de 24 de mayo; 10/2001, de 17 de septiembre; 16/2006, de 27 de diciembre, y 8/2011, de 9 de diciembre.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Periodo de aplicación.
- Artículo 4. Evaluación.
- Artículo 5. Objetivo central.
- Artículo 6. Objetivos informativos.
- Artículo 7. Objetivos instrumentales.
- Artículo 8. Objetivos de calidad.
- Artículo 9. Contenido.
- Artículo 10. Aprobación y vigencia.
- Artículo 11. Seguimiento.
- Artículo 12. Ejecución.
- Artículo 13. Proyecto técnico.
- Artículo 14. Estadística oficial.
- Artículo 15. Colaboración ciudadana.
- Artículo 16. Datos de origen estadístico, administrativo o de otro tipo.
- Artículo 17. Cesión de la información estadística.
- Artículo 18. Colaboración externa.
- Artículo 19. Cooperación, colaboración y asistencia en el ámbito interno.
- Artículo 20. Planificación.
- Artículo 21. Creación y modificación de registros y sistemas de información.
- Artículo 22. Inventario de operaciones y actividades estadísticas.
- Artículo 23. Contenido.
- Artículo 24. Altas.
- Artículo 25. Modificaciones.
- Disposición adicional única. Creación del Registro de Población de Galicia.
- Disposición transitoria única. Metas de información de planes anteriores.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia. |
| De conformidad con | Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente. |
| De conformidad con | Ley 9/1988, de 19 de julio, de Estadística de Galicia. |
| Deroga | Ley 15/2016, de 28 de julio, del Plan gallego de estadística 2017-2021. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 16/2021?
- Ley 16/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 16/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.