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Ley Vigente

Artículo 18. Colaboración externa.

Artículo 18 de la Ley 16/2021, de 20 de diciembre, del Plan gallego de estadística 2022-2026. · BOE-A-2022-3413

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

1. En el ámbito de sus competencias, la organización estadística de Galicia podrá colaborar con el Instituto Nacional de Estadística y con otras entidades y organizaciones locales, autonómicas, estatales, europeas o internacionales, haciéndose especial énfasis en la cooperación transfronteriza con la Región Norte de Portugal.

2. En el ámbito de sus competencias, la organización estadística de Galicia podrá establecer una colaboración con entidades y organizaciones privadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

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