Ley 1/2018, de 6 de marzo, por la que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas y se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
BOE-A-2018-3171 · Boletín Oficial del Estado, 2018-03-07 · Jefatura del Estado
Ley 1/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
La Ley 1/2018 regula medidas urgentes para mitigar los efectos de la sequía en varias cuencas hidrográficas de España y modifica el texto refundido de la Ley de Aguas. Esta norma se aplica a los titulares de explotaciones agrarias y a las comunidades autónomas afectadas por la sequía desde su entrada en vigor el 6 de marzo de 2018.
Entre los puntos clave, la ley establece ayudas para los agricultores que hayan sufrido pérdidas significativas en su producción, así como exenciones en tarifas de agua y en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles para los afectados. También se contempla una moratoria en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social para los trabajadores agrarios afectados y la posibilidad de que las suspensiones de contrato se consideren fuerza mayor. Además, se incrementa el tipo de gravamen del canon por uso de aguas continentales para la producción de energía eléctrica, con el fin de financiar medidas de protección y mejora del dominio público hidráulico. La ley no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-03-06
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 58, 2018-03-07
- Entrada en vigor
- 2018-03-07
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 28
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-3171
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Exención de las exacciones relativas a la disponibilidad de agua.
- Artículo 3. Medidas laborales y de Seguridad Social.
- Artículo 4. Reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias.
- Artículo 5. Actuaciones en relación con la Política Agrícola Común (PAC) y la financiación de avales.
- Artículo 6. Dotación al Plan de Seguros Agrarios Combinados.
- Artículo 7. Exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica.
- Artículo 8. Préstamos de mediación del ICO.
- Artículo 9. Fondo Extraordinario de lucha contra la sequía.
- Artículo 10. Modificación del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
- Artículo 11. Régimen de contratación.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio para la liquidación del canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica correspondi…
- Disposición transitoria segunda. Autorización en relación al incremento del porcentaje de anticipo de pagos.
- Disposición transitoria tercera. Solicitudes del subsidio por desempleo o de la renta agraria presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley.
- Disposición adicional primera. Créditos presupuestarios.
- Disposición adicional segunda. Regla excepcional y temporal sobre la cesión de derechos al uso privativo de aguas en las demarcaciones hidrográficas con declaración de sequía vi…
- Disposición adicional tercera. Apoyo a la agricultura territorial.
- Disposición adicional cuarta. Plan de choque para la optimización de recursos hídricos en la cuenca mediterránea.
- Disposición adicional quinta. Campaña de sensibilización sobre nuevos hábitos y valores en torno al agua.
- Disposición adicional sexta. Impulso de la reutilización de aguas.
- Disposición adicional séptima. Banco Público del Agua.
- Disposición adicional octava. Reducción del número mínimo de jornadas reales cotizadas necesarias para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria en favor de los tra…
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
- Disposición final segunda. Modificación del apartado 3 del artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- Disposición final tercera. Adición de una disposición final quinta bis en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- Disposición final quinta. Facultades de desarrollo.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2018?
- Ley 1/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2018?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.