Disposición transitoria tercera. Solicitudes del subsidio por desempleo o de la renta agraria presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley.
Disposición transitoria tercera de la Ley 1/2018, de 6 de marzo, por la que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas y se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. · BOE-A-2018-3171
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-07.
Texto consolidado
Lo dispuesto en la disposición adicional octava será también de aplicación a los trabajadores referidos en la misma que hubieran presentado entre el 1 de septiembre de 2017 y la entrada en vigor de esta ley la solicitud del subsidio por desempleo regulada en el Real Decreto 5/1997, de 10 de enero, o de la renta agraria regulada en el Real Decreto 426/2003, de 11 de abril, siempre que presenten una nueva solicitud a partir de dicha entrada en vigor y dentro de los seis meses siguientes a la misma.
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