Disposición adicional cuarta. Plan de choque para la optimización de recursos hídricos en la cuenca mediterránea.
Disposición adicional cuarta de la Ley 1/2018, de 6 de marzo, por la que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas y se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. · BOE-A-2018-3171
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-17.
Texto consolidado
El Gobierno, con carácter urgente, aprobará un Plan de choque de optimización de recursos hídricos en la cuenca mediterránea que fomentará la utilización de recursos no convencionales, posibilitando el uso del agua procedente de desaladoras o de otras conducciones de la Administración General del Estado ya construidas mediante la ejecución de las obras y actuaciones que posibiliten que el precio del agua para riego no exceda de la capacidad económica de los usuarios.#df-5
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía..
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