Ley 1/1998, de 16 de febrero, sobre reclamaciones tributarias en la Comunidad Autónoma de Aragón.
BOE-A-1998-5831 · Boletín Oficial del Estado, 1998-03-11 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 1/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/1998
- Fecha de la disposición
- 1998-02-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 60, 1998-03-11
- Entrada en vigor
- 1998-03-19
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 53
- Identificador BOE
- BOE-A-1998-5831
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 21 del Estatuto de Autonomía.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Actos impugnables.
- Artículo 3. Actos y disposiciones no impugnables.
- Artículo 4. Interesados.
- Artículo 5. Medios de impugnación.
- Artículo 6. Objeto y naturaleza.
- Artículo 7. Plazo.
- Artículo 8. Iniciación y tramitación.
- Artículo 9. Resolución.
- Artículo 10. Otras formas de terminación.
- Artículo 11. Objeto y naturaleza.
- Artículo 12. Plazo.
- Artículo 13. Iniciación.
- Artículo 14. Tramitación.
- Artículo 15. Notificaciones.
- Artículo 16. Acumulación de reclamaciones.
- Artículo 17. Extensión de la revisión.
- Artículo 18. Resolución.
- Artículo 19. Otras formas de terminación.
- Artículo 20. Objeto.
- Artículo 21. Procedimiento.
- Artículo 22. Recurso contencioso-administrativo.
- Artículo 23. Supuestos de suspensión.
- Artículo 24. Contenido de la solicitud de suspensión.
- Artículo 25. Solicitud de suspensión.
- Artículo 26. Garantías de la suspensión.
- Artículo 27. Efectos de la concesión o de la denegación de la suspensión.
- Artículo 28. Suspensión automática.
- Artículo 29. Suspensión con prestación de otras garantías.
- Artículo 30. Suspensión por la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas.
- Artículo 31. Tramitación y resolución por la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la solicitud de suspensión.
- Artículo 32. Competencias.
- Artículo 33. Composición.
- Artículo 34. Presidente.
- Artículo 35. Funciones del titular de la Secretaría de la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas.
- Artículo 36. Vocales.
- Artículo 37. Adopción de acuerdos.
- Artículos 38 a 45.
- Artículo 38.
- Artículo 39.
- Artículo 40.
- Artículo 41.
- Artículo 42.
- Artículo 43.
- Artículo 44.
- Artículo 45.
- Disposición adicional única. Procedimientos especiales de revisión.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición transitoria.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final.
- Disposición final única. Habilitaciones.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (12)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/1998?
- Ley 1/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/1998?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/1998?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.