Ley 1/1987, de 27 de marzo, de Elecciones para las Juntas Generales de los Territorios Históricos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa.
BOE-A-2012-3948 · Boletín Oficial del Estado, 2012-03-22 · Comunidad Autónoma del País Vasco
Ley 1/1987 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-05.
Resumen
La Ley 1/1987, de 27 de marzo, regula el proceso electoral para las Juntas Generales de los Territorios Históricos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa. Esta norma es aplicable a todos los ciudadanos mayores de edad que estén inscritos en el censo electoral de estos territorios desde su entrada en vigor en 1987.
Entre los puntos clave de la ley, se establece que las Juntas Generales estarán compuestas por 51 miembros elegidos mediante sufragio universal, garantizando la representación proporcional. Además, se definen circunscripciones electorales específicas para cada territorio, asegurando una distribución de escaños acorde a la población. La ley también promueve la igualdad de género en las candidaturas, exigiendo que al menos el 50% de los candidatos sean mujeres. Por último, se contempla la financiación pública de los gastos electorales, lo que facilita la participación de diferentes partidos y agrupaciones en el proceso electoral. Esta ley deroga las anteriores normativas electorales específicas para estos territorios, modernizando así el sistema electoral en Euskadi.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/1987
- Fecha de la disposición
- 1987-03-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 70, 2012-03-22
- Entrada en vigor
- 1987-04-10
- Departamento
- Comunidad Autónoma del País Vasco
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-05
- Artículos
- 16
- Identificador BOE
- BOE-A-2012-3948
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Se hace saber a todos los ciudadanos de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 1/1987, de 27 de marzo, de Elecciones para las Juntas Generales de los Territorios Históricos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las normas electorales tienen una importancia evidente a la hora de configurar unas instituciones democráticas. La diversidad de Instituciones que configuran nuestra realidad autonómica, y los problemas que plantean las actuales normas electorales, hacen necesario volver a regular esta materia con la finalidad de posibilitar un equilibrado y pacífico desarrollo.
Índice del articulado
- Artículo 1. Composición y forma de elección.
- Artículo 2. Circunscripciones Electorales.
- Artículo 3. Distribución por circunscripciones electorales.
- Artículo 4. Electores y Elegibles.
- Artículo 5. Causas de inelegibilidad e incompatibilidad.
- Artículo 6. Presentación de Candidaturas.
- Artículo 6 bis.
- Artículo 7. Duración del mandato y convocatoria de Elecciones.
- Artículo 8. Elección y escrutinio.
- Artículo 9. Atribución de escaños.
- Artículo 10. Juntas Electorales.
- Artículo 11. Financiación pública de gastos electorales.
- Disposición transitoria.
- Disposición derogatoria primera.
- Disposición derogatoria segunda.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 70 de 22 de marzo de 2012 |
| Se añade | el art. 6 ter, por Ley 1/2026, de 23 de abril |
| Se modifica | Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. |
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/1987?
- Ley 1/1987 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-05.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/1987?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/1987?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.