Decreto-ley 5/2022, de 16 de mayo, de modificación de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears, y por el que se establece el régimen de prestación del servicio de taxi en el ámbito territorial de la isla de Ibiza.
BOE-A-2022-13797 · Boletín Oficial del Estado, 2022-08-16 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Decreto-ley 5/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-23.
Resumen
El Decreto-ley 5/2022 regula la modificación de la Ley 7/2013 sobre el régimen jurídico de actividades en las Illes Balears y establece el régimen de prestación del servicio de taxi en Ibiza. Aplica a todas las actividades recreativas y de ocio, así como al servicio de taxi en la isla de Ibiza, desde su entrada en vigor el 17 de mayo de 2022.
Entre los puntos clave, se prohíben las fiestas ilegales en espacios no habilitados, estableciendo un régimen sancionador para organizadores y participantes, con multas que pueden alcanzar hasta 300.000 euros. Además, se actualiza el régimen de tarifas y condiciones del servicio de taxi, permitiendo la recogida de viajeros en cualquier punto a más de 100 metros de las paradas oficiales y regulando el uso de tecnología de posicionamiento por satélite para la gestión de servicios. También se garantiza el derecho al transporte gratuito del equipaje para los usuarios. Este decreto-ley deroga disposiciones anteriores que contradicen sus normas, buscando así una regulación más efectiva y segura para las actividades recreativas y el transporte en Ibiza.
Datos clave
- Rango
- Decreto-ley 5/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-05-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 196, 2022-08-16
- Entrada en vigor
- 2022-05-20
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-23
- Artículos
- 11
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-13797
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
El artículo 30.31 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, según la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, atribuye la materia de espectáculos y de actividades recreativas a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears como competencia exclusiva, y el artículo 31.17 de esta norma le atribuye la materia de actividades clasificadas como competencia de desarrollo legislativo y de ejecución. También establece como competencias propias de los consejos insulares las actividades clasificadas (art. 70.7) y los espectáculos públicos y las actividades recreativas (art. 70.11), cuyo ejercicio se ajustará, entre otros preceptos, a lo dispuesto en los artículos 58 y 72.
Índice del articulado
- Artículo único.
- Disposición adicional única. Régimen de prestación del servicio de taxi en el ámbito territorial de la isla de Ibiza.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Decreto Ley 4/2022, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social…
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 2/1998, de 13 de marzo, de ordenación de emergencias en las Illes Balears.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 5/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2022.
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley 8/2017, de 3 de agosto, de accesibilidad universal de las Illes Balears.
- Disposición final séptima. Deslegalización.
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 22 de junio de 2022 |
| Se deroga | la disposición adicional única.12.2, por Ley 1/2024, de 16 de febrero |
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto-ley 5/2022?
- Decreto-ley 5/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-23.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 5/2022?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 5/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.