Decreto Legislativo 1/2014, de 27 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las normas legales vigentes en materia de condiciones de acceso y disfrute de la prestación esencial de renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León.
BOCL-h-2014-90263 · Boletín Oficial de Castilla y León, 2014-03-03 · Comunidad de Castilla y León
Decreto Legislativo 1/2014 está derogada desde el 2019-01-16: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Decreto Legislativo 1/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-02-27
- Publicación
- Boletín Oficial de Castilla y León núm. 42, 2014-03-03
- Entrada en vigor
- 2014-03-04
- Departamento
- Comunidad de Castilla y León
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2019-01-16
- Consolidado actualizado
- 2023-12-26
- Artículos
- 45
- Identificador BOE
- BOCL-h-2014-90263
- Texto consolidado
- boe.es
De qué trata esta norma
I
Con la aprobación de la Ley 7/2010, de 30 de agosto, reguladora de la renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León, se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13.9 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León que consagra, como derecho de los ciudadanos castellanos y leoneses, el acceso a una renta garantizada de ciudadanía cuando se encuentren en situación de exclusión social. El mismo precepto obliga a que la normativa reguladora de las condiciones para el disfrute de esta prestación formen parte del ordenamiento de la Comunidad al tiempo que los poderes públicos deben promover la integración social de estas personas en situación de exclusión.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del texto refundido de las normas legales vigentes en materia de condiciones de acceso y disfrute de la prestación esencial de renta garantizada de ci…
- Disposición adicional única. Remisiones normativas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito subjetivo.
- Artículo 3. Principios informadores.
- Artículo 4. Concepto y carácter de la prestación.
- Artículo 5. Finalidad de la prestación.
- Artículo 6. Situaciones de exclusión social.
- Artículo 7. Destinatarios de la prestación.
- Artículo 8. Concepto de unidad familiar o de convivencia.
- Artículo 9. Destinatarios únicos.
- Artículo 10. Requisitos del titular.
- Artículo 11. Requisitos de los miembros de las unidades familiares o de convivencia.
- Artículo 12. Situación de carencia de medios económicos.
- Artículo 13. Obligaciones de los destinatarios.
- Artículo 14. Proyecto individualizado de inserción.
- Artículo 15. Cuantía básica de la prestación.
- Artículo 16. Complementos de la prestación.
- Artículo 17. Determinación de la cuantía mensual.
- Artículo 18. Incrementos en la cuantía de la prestación.
- Artículo 19. Cuantía máxima de la prestación.
- Artículo 20. Criterios procedimentales.
- Artículo 21. Iniciación.
- Artículo 22. Instrucción.
- Artículo 23. Terminación.
- Artículo 24. Devengo de la prestación.
- Artículo 25. Mantenimiento temporal de la prestación.
- Artículo 26. Seguimiento de la prestación.
- Artículo 27. Modificación de la prestación.
- Artículo 28. Extinción de la prestación.
- Artículo 29. Suspensión de la percepción de la cuantía de la prestación.
- Artículo 30. Reintegro de cantidades percibidas.
- Artículo 31. Actuaciones de cooperación y colaboración.
- Artículo 32. Comunicación y cesión de datos.
- Artículo 33. Información especializada y estructuras de trabajo.
- Artículo 34. Financiación de la renta garantizada de ciudadanía.
- Artículo 35. Ampliación de créditos.
- Artículo 36. Comisión de Seguimiento de la Prestación de la Renta Garantizada de Ciudadanía.
- Artículo 37. Funciones, composición y régimen.
- Disposición adicional única. Participación en planes regionales de empleo.
- Disposición adicional primera. Participación en planes regionales de empleo.
- Disposición adicional segunda. Prestaciones destinadas a la atención de personas refugiadas y asiladas.
- Disposición final única. Habilitación normativa.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León. |
| De conformidad con | la disposición final 10 de la Ley 11/2013, de 23 de diciembre |
| Deroga | la Ley 7/2010, de 30 de agosto |
| Deroga | el art. 8 del Decreto-ley 2/2013, de 21 de noviembre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto Legislativo 1/2014?
- Decreto Legislativo 1/2014 está derogada desde el 2019-01-16: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto Legislativo 1/2014?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto Legislativo 1/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.