Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.
BOE-A-2010-9542 · Boletín Oficial del Estado, 2010-06-17 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 10/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula medidas urgentes para reformar el mercado de trabajo en España, con el objetivo de reducir el desempleo y mejorar la calidad del empleo. Aplica a todos los trabajadores y empleadores desde su entrada en vigor el 17 de junio de 2010.
Entre los puntos clave, se establece la reducción de la dualidad en el mercado laboral, promoviendo la creación de empleo estable y de calidad, y se limita el uso de contratos temporales, facilitando la conversión a contratos indefinidos. También se refuerzan las medidas de flexibilidad interna en las empresas, permitiendo reducciones temporales de jornada y suspensiones de contrato para mantener el empleo en situaciones de crisis. Además, se introducen bonificaciones para la contratación de jóvenes y desempleados de larga duración, así como mejoras en los contratos formativos.
El decreto-ley no está derogado, pero ha sido objeto de modificaciones y nuevas normativas desde su promulgación.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 10/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-06-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 147, 2010-06-17
- Entrada en vigor
- 2010-06-18
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 40
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-9542
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
La crisis financiera y económica de origen internacional que se ha desarrollado desde principios de 2008 ha quebrado la larga senda de crecimiento económico y del empleo que vivió la economía española desde mediados de los noventa y ha tenido como consecuencia más grave una intensa destrucción de empleo y el consecuente aumento del desempleo.
Las cifras a este respecto son esclarecedoras. En los últimos dos años se han perdido en nuestro país más de dos millones de puestos de trabajo y el desempleo ha crecido en casi dos millones y medio de personas, lo que ha duplicado la tasa de paro hasta acercarse al 20%. Un desempleo de esa magnitud constituye el primer problema para los ciudadanos y sus familias y supone un lastre inasumible a medio plazo para el desarrollo económico y para la vertebración social de nuestro país.
Índice del articulado
- Artículo 1. Contratos temporales.
- Artículo 2. Extinción del contrato de trabajo.
- Artículo 3. Contrato de fomento de la contratación indefinida.
- Artículo 4. Movilidad geográfica.
- Artículo 5. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.
- Artículo 6. Contenido de los convenios colectivos.
- Artículo 7. Suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Artículo 8. Protección por desempleo y reducción de jornada.
- Artículo 9. Medidas de apoyo a la reducción de jornada.
- Artículo 10. Bonificaciones de cuotas por la contratación indefinida.
- Artículo 11. Bonificaciones de cuotas en los contratos para la formación.
- Artículo 12. Contratos formativos.
- Artículo 13. Servicios Públicos de Empleo.
- Artículo 14. Agencias de colocación.
- Artículo 15. Adaptación de la legislación laboral a la regulación de las agencias de colocación.
- Artículo 16. Adaptación de la legislación de Seguridad Social a la regulación de las agencias de colocación.
- Artículo 17. Empresas de trabajo temporal.
- Artículo 18. Adaptación de la legislación sobre infracciones y sanciones en el orden social a la regulación de las agencias de colocación y de las empresas de trabajo temporal.
- Disposición adicional primera. Negociación colectiva y modalidades contractuales.
- Disposición adicional segunda. Formación teórica en los contratos para la formación.
- Disposición adicional tercera. Contratos para la formación en los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo.
- Disposición transitoria primera. Régimen aplicable a los contratos por obra o servicio determinados.
- Disposición transitoria segunda. Régimen de entrada en vigor de la limitación del encadenamiento de contratos temporales.
- Disposición transitoria tercera. Abono de parte de la indemnización por el Fondo de Garantía Salarial en los nuevos contratos de carácter indefinido.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen aplicable a procedimientos y expedientes en tramitación a la entrada en vigor de este real decreto-ley.
- Disposición transitoria quinta. Normas relativas a la ampliación de la bonificación por mantenimiento del empleo y de la reposición de las prestaciones por desempleo.
- Disposición transitoria sexta. Bonificaciones y reducciones de cuotas en los contratos vigentes.
- Disposición transitoria séptima. Límite de edad de los trabajadores contratados para la formación.
- Disposición transitoria octava. Contratos para la formación anteriores a la entrada en vigor de este real decreto-ley.
- Disposición transitoria novena. Contratos para la formación con trabajadores con discapacidad.
- Disposición transitoria décima. Agencias de colocación sin ánimo de lucro autorizadas.
- Disposición derogatoria única. Alcance de la derogación normativa.
- Disposición final primera. Fundamento constitucional.
- Disposición final segunda. Fondo de capitalización.
- Disposición final tercera. Igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo.
- Disposición final cuarta. Evaluación de las medidas para favorecer el empleo de los jóvenes y de las personas desempleadas.
- Disposición final quinta. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final sexta. Evaluación de la siniestralidad de los trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal.
- Disposición final séptima. Facultades de desarrollo.
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 22 de junio de 2010 |
| Corrección de errores | en BOE núm. 148, de 18 de junio de 2010 |
| Se sustituye | Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. |
Normas a las que afecta (10)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 10/2010?
- Real Decreto-ley 10/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 10/2010?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 10/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.