Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.
BOE-A-2010-9542 · Boletín Oficial del Estado, 2010-06-17 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 10/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 10/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-06-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 147, 2010-06-17
- Entrada en vigor
- 2010-06-18
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 40
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-9542
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
La crisis financiera y económica de origen internacional que se ha desarrollado desde principios de 2008 ha quebrado la larga senda de crecimiento económico y del empleo que vivió la economía española desde mediados de los noventa y ha tenido como consecuencia más grave una intensa destrucción de empleo y el consecuente aumento del desempleo.
Las cifras a este respecto son esclarecedoras. En los últimos dos años se han perdido en nuestro país más de dos millones de puestos de trabajo y el desempleo ha crecido en casi dos millones y medio de personas, lo que ha duplicado la tasa de paro hasta acercarse al 20%. Un desempleo de esa magnitud constituye el primer problema para los ciudadanos y sus familias y supone un lastre inasumible a medio plazo para el desarrollo económico y para la vertebración social de nuestro país.
Índice del articulado
- Artículo 1. Contratos temporales.
- Artículo 2. Extinción del contrato de trabajo.
- Artículo 3. Contrato de fomento de la contratación indefinida.
- Artículo 4. Movilidad geográfica.
- Artículo 5. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.
- Artículo 6. Contenido de los convenios colectivos.
- Artículo 7. Suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Artículo 8. Protección por desempleo y reducción de jornada.
- Artículo 9. Medidas de apoyo a la reducción de jornada.
- Artículo 10. Bonificaciones de cuotas por la contratación indefinida.
- Artículo 11. Bonificaciones de cuotas en los contratos para la formación.
- Artículo 12. Contratos formativos.
- Artículo 13. Servicios Públicos de Empleo.
- Artículo 14. Agencias de colocación.
- Artículo 15. Adaptación de la legislación laboral a la regulación de las agencias de colocación.
- Artículo 16. Adaptación de la legislación de Seguridad Social a la regulación de las agencias de colocación.
- Artículo 17. Empresas de trabajo temporal.
- Artículo 18. Adaptación de la legislación sobre infracciones y sanciones en el orden social a la regulación de las agencias de colocación y de las empresas de trabajo temporal.
- Disposición adicional primera. Negociación colectiva y modalidades contractuales.
- Disposición adicional segunda. Formación teórica en los contratos para la formación.
- Disposición adicional tercera. Contratos para la formación en los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo.
- Disposición transitoria primera. Régimen aplicable a los contratos por obra o servicio determinados.
- Disposición transitoria segunda. Régimen de entrada en vigor de la limitación del encadenamiento de contratos temporales.
- Disposición transitoria tercera. Abono de parte de la indemnización por el Fondo de Garantía Salarial en los nuevos contratos de carácter indefinido.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen aplicable a procedimientos y expedientes en tramitación a la entrada en vigor de este real decreto-ley.
- Disposición transitoria quinta. Normas relativas a la ampliación de la bonificación por mantenimiento del empleo y de la reposición de las prestaciones por desempleo.
- Disposición transitoria sexta. Bonificaciones y reducciones de cuotas en los contratos vigentes.
- Disposición transitoria séptima. Límite de edad de los trabajadores contratados para la formación.
- Disposición transitoria octava. Contratos para la formación anteriores a la entrada en vigor de este real decreto-ley.
- Disposición transitoria novena. Contratos para la formación con trabajadores con discapacidad.
- Disposición transitoria décima. Agencias de colocación sin ánimo de lucro autorizadas.
- Disposición derogatoria única. Alcance de la derogación normativa.
- Disposición final primera. Fundamento constitucional.
- Disposición final segunda. Fondo de capitalización.
- Disposición final tercera. Igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo.
- Disposición final cuarta. Evaluación de las medidas para favorecer el empleo de los jóvenes y de las personas desempleadas.
- Disposición final quinta. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final sexta. Evaluación de la siniestralidad de los trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal.
- Disposición final séptima. Facultades de desarrollo.
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 22 de junio de 2010 |
| Corrección de errores | en BOE núm. 148, de 18 de junio de 2010 |
| Se sustituye | Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. |
Normas a las que afecta (10)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 10/2010?
- Real Decreto-ley 10/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 10/2010?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 10/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.