Disposición transitoria segunda. Régimen de entrada en vigor de la limitación del encadenamiento de contratos temporales.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. · BOE-A-2010-9542
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-18.
Texto consolidado
Lo previsto en la redacción dada por este real decreto-ley al artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores será de aplicación a los contratos de trabajo suscritos a partir de la fecha de entrada en vigor de aquél.
Respecto a los contratos suscritos por el trabajador con anterioridad, seguirá siendo de aplicación, a los efectos del cómputo del número de contratos, lo establecido en el artículo 15.5 según la redacción dada al mismo por la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.
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