Disposición transitoria séptima. Límite de edad de los trabajadores contratados para la formación.
Disposición transitoria séptima del Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. · BOE-A-2010-9542
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-18.
Texto consolidado
Hasta el 31 de diciembre de 2011 podrán realizarse contratos para la formación con trabajadores menores de veinticinco años sin que sea de aplicación el límite máximo de edad establecido en el párrafo primero del artículo 11.2.a) del Estatuto de los Trabajadores para la celebración de contratos para la formación.
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