Real Decreto 995/2003, de 25 de julio, por el que se establecen los requisitos y procedimientos armonizados para las operaciones de carga y descarga de los buques graneleros.
BOE-A-2003-15797 · Boletín Oficial del Estado, 2003-08-07 · Ministerio de Fomento
Real Decreto 995/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 995/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-07-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 188, 2003-08-07
- Entrada en vigor
- 2003-08-08
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-15797
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Directiva 2001/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de diciembre de 2001, establece los requisitos y procedimientos armonizados para la seguridad de las operaciones de carga y descarga de los buques graneleros, con el fin de reducir el riesgo de siniestralidad debido a la realización de operaciones incorrectas de carga y descarga.
Se persigue con esta norma incrementar la seguridad en este sector del transporte marítimo, tanto en lo referido a los buques como a sus tripulantes, estableciendo para ello requisitos de aptitud para buques y terminales, así como la implantación de procedimientos armonizados de cooperación y comunicación entre el buque y las terminales, delimitando las responsabilidades de los capitanes y de los representantes de dichas terminales.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Requisitos relacionados con la aptitud operativa de los graneleros.
- Artículo 5. Requisitos relacionados con la aptitud de las terminales.
- Artículo 6. Responsabilidades de los capitanes y de los representantes de la terminal.
- Artículo 7. Procedimientos entre graneleros y terminales.
- Artículo 8. Función de las autoridades competentes.
- Artículo 9. Reparación de daños sobrevenidos durante las operaciones de carga o descarga.
- Artículo 10. Supervisión y presentación de informes.
- Artículo 11. Régimen sancionador.
- Disposición adicional única. Aplicación de requisitos y procedimientos.
- Disposición transitoria primera. Implantación del sistema de gestión de calidad de las terminales.
- Disposición transitoria segunda. Autorización temporal para funcionamiento de terminales.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | el art. 3.b), por Real Decreto 1249/2003, de 3 de octubre |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 995/2003?
- Real Decreto 995/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 995/2003?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 995/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.