Artículo 11. Régimen sancionador.
Artículo 11 del Real Decreto 995/2003, de 25 de julio, por el que se establecen los requisitos y procedimientos armonizados para las operaciones de carga y descarga de los buques graneleros. · BOE-A-2003-15797
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-08-08.
Texto consolidado
Las infracciones a lo dispuesto en este real decreto por los capitanes de los buques o los operadores de las terminales serán sancionadas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre.
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