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Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.

BOE-A-2015-14028 · Boletín Oficial del Estado, 2015-12-23 · Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Real Decreto 954/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros. Aplica a todos los enfermeros en España desde su entrada en vigor el 24 de octubre de 2015.

Los puntos clave de este Real Decreto son: 1) Los enfermeros pueden indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos no sujetos a prescripción médica y productos sanitarios de forma autónoma, siempre que estén acreditados por la comunidad autónoma correspondiente. 2) Para los medicamentos sujetos a prescripción médica, los enfermeros deben seguir protocolos y guías de práctica clínica validadas, garantizando la colaboración con médicos. 3) Se establece un sistema de acreditación que requiere formación y experiencia previa, y que se registrará oficialmente. 4) Los centros sanitarios deben asegurar que los enfermeros cuenten con un seguro de responsabilidad civil que cubra sus actuaciones en este ámbito.

Este Real Decreto no está derogado y sigue vigente, estableciendo un marco normativo que busca mejorar la atención sanitaria y la colaboración entre profesionales.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 954/2015
Fecha de la disposición
2015-10-23
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 306, 2015-12-23
Entrada en vigor
2015-12-24
Departamento
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
24
Identificador BOE
BOE-A-2015-14028
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

Tanto la anterior Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, en su artículo 77, como el actual texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, en su artículo 79.1, han dispuesto que los médicos, los odontólogos y los podólogos, en el ámbito de sus competencias respectivas, son los únicos profesionales prescriptores, es decir, con facultad para recetar medicamentos sujetos a prescripción médica.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (3)

Normas a las que afecta (5)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 954/2015?
Real Decreto 954/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 954/2015?
El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 954/2015?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.