Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.
Disposición final cuarta del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros. · BOE-A-2015-14028
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-08-06.
Texto consolidado
El Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, queda modificado del modo siguiente:
Uno. Se añade un párrafo u) al artículo 5 con la siguiente redacción:
«u) Acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.»
Dos. (Anulado)
Tres. Se añade un párrafo u) en el anexo I con el siguiente contenido:
«u) Acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.»
Cuatro. (Anulado)
Se declara la inconstitucionalidad y nulidad, por vulneración de las competencias autonómicas, de los apartados Dos y Cuatro, con los efectos del fj 9, por Sentencia del TC 76/2018, de 5 de julio. Ref. BOE-A-2018-11274
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-11274.
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