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Real Decreto 894/2005, de 22 de julio, por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios.

BOE-A-2005-14550 · Boletín Oficial del Estado, 2005-08-26 · Ministerio de Sanidad y Consumo

Real Decreto 894/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

El Real Decreto 894/2005 regula el funcionamiento del Consejo de Consumidores y Usuarios, un órgano de representación y consulta a nivel nacional para las organizaciones de consumidores y usuarios en España. Esta norma aplica a todas las asociaciones y cooperativas de consumidores y usuarios con implantación estatal desde su entrada en vigor el 23 de julio de 2005.

Entre los puntos clave, el decreto establece que el Consejo tiene la responsabilidad de informar sobre disposiciones que afecten a los consumidores, proponer representantes en órganos públicos y colaborar en iniciativas de protección al consumidor. También define la composición del Consejo, que incluye un presidente, un vicepresidente y hasta 15 vocales elegidos entre las organizaciones representativas. Además, se establecen requisitos para que las organizaciones puedan formar parte del Consejo, como demostrar actividad en defensa de los consumidores y contar con un número mínimo de socios. Por último, se derogan disposiciones anteriores que regulaban el Consejo, consolidando así su nueva estructura y funciones.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 894/2005
Fecha de la disposición
2005-07-22
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 204, 2005-08-26
Entrada en vigor
2005-08-27
Departamento
Ministerio de Sanidad y Consumo
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
12
Identificador BOE
BOE-A-2005-14550
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, derecho reconocido como fundamental en el artículo 22 de la Constitución Española, resalta la importancia que tienen las asociaciones como instrumento de participación.

Del mismo modo, el artículo 51 de la Constitución Española que recoge los derechos de los consumidores y usuarios, establece como principio rector de la política social y económica el fomento de las asociaciones de consumidores y usuarios y su audiencia en las cuestiones que pudieran afectarles.

La Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, desarrolla el citado precepto en su artículo 22 y precisa que el Gobierno determinará la composición y funciones de un Consejo, como órgano de representación y consulta a nivel nacional, integrado por representantes de asociaciones de consumidores y usuarios.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (2)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 894/2005?
Real Decreto 894/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 894/2005?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 894/2005?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.