Real Decreto 716/2009, de 24 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero.
BOE-A-2009-7352 · Boletín Oficial del Estado, 2009-05-02 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 716/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
El Real Decreto 716/2009 regula aspectos del mercado hipotecario en España, desarrollando la Ley 2/1981 y otras normativas relacionadas. Aplica a entidades de crédito que operan en el mercado hipotecario y entró en vigor el 25 de abril de 2009.
Entre los puntos clave, se establece que las sucursales de entidades de crédito de otros países de la UE pueden emitir participaciones hipotecarias en España. Además, se eliminan requisitos previos para la emisión de títulos hipotecarios, permitiendo mayor flexibilidad en las condiciones financieras. Se endurecen los límites de préstamo en relación al valor de tasación de inmuebles, pasando del 70% al 60% para préstamos no residenciales, aunque se permite un aumento hasta el 95% en préstamos residenciales con garantías adicionales como avales. También se introducen mecanismos para proteger al deudor hipotecario y se establece un registro contable especial para mejorar la transparencia y supervisión del mercado.
Este decreto deroga el Real Decreto 685/1982, que previamente regulaba aspectos similares del mercado hipotecario.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 716/2009
- Fecha de la disposición
- 2009-04-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 107, 2009-05-02
- Entrada en vigor
- 2009-05-03
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 49
- Identificador BOE
- BOE-A-2009-7352
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto del mercado hipotecario.
- Artículo 2. Entidades que pueden participar en el mercado hipotecario.
- Artículo 3. Préstamos y créditos elegibles.
- Artículo 4. La hipoteca.
- Artículo 5. Límites del préstamo o crédito.
- Artículo 6. Préstamos y créditos garantizados por inmuebles situados en otros países de la Unión Europea.
- Artículo 7. Titularidad de los bienes.
- Artículo 8. Tasación previa.
- Artículo 9. Ampliación de hipoteca.
- Artículo 10. Seguros de daños.
- Artículo 11. Bienes excluidos.
- Artículo 12. Préstamos y créditos excluidos o restringidos.
- Artículo 13. Clases de títulos.
- Artículo 14. Cédulas hipotecarias.
- Artículo 15. Bonos hipotecarios.
- Artículo 16. Normas generales.
- Artículo 17. Emisión de cédulas.
- Artículo 18. Emisión de bonos.
- Artículo 19. Sindicato de Tenedores de Bonos.
- Artículo 20. Derivados vinculados a la emisión de cédulas o bonos hipotecarios.
- Artículo 21. Registro contable especial.
- Artículo 22. Extinción y prescripción.
- Artículo 23. De los bonos hipotecarios.
- Artículo 24. De las cédulas.
- Artículo 25. Restablecimiento de la proporción.
- Artículo 26. Emisión.
- Artículo 27. Prohibiciones.
- Artículo 28. Contenido.
- Artículo 29. Título.
- Artículo 30. Acción ejecutiva.
- Artículo 31. Facultades del titular.
- Artículo 32. Transmisión.
- Artículo 33. Extinción.
- Artículo 34. Seguro.
- Artículo 35. Transmisiones patrimoniales.
- Artículo 36. Inversiones.
- Artículo 37. Modos de transmisión.
- Artículo 38. Admisión en mercados regulados o en sistemas multilaterales de negociación.
- Artículo 39. Operaciones sobre valores hipotecarios propios.
- Artículo 40. Limitaciones personales.
- Artículo 41. Competencias de supervisión.
- Disposición adicional primera. Certificados de transmisión de hipoteca.
- Disposición adicional segunda. Ejercicio de la subrogación y del derecho a enervar.
- Disposición transitoria única. Registros contables especiales de las operaciones hipotecarias, activos de sustitución del mercado hipotecario e instrumentos financieros derivado…
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 775/1997 de 30 de mayo, sobre el Régimen Jurídico de Homologación de los Servicios y Sociedades de Tasación.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 211, de 31 de agosto de 2010 |
| Se modifica | el art. 8.3, por Real Decreto 1817/2009, de 27 de noviembre |
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 716/2009?
- Real Decreto 716/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 716/2009?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 716/2009?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.