Real Decreto 696/2018, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social.
BOE-A-2018-9030 · Boletín Oficial del Estado, 2018-06-30 · Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Real Decreto 696/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 696/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-06-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 158, 2018-06-30
- Entrada en vigor
- 2018-07-01
- Departamento
- Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 40
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-9030
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Con la aprobación por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y de acuerdo con el Plan de modernización de la gestión de la Seguridad Social del entonces Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procedió a abordar el desarrollo reglamentario de dicha ley en materia de ingresos y pagos del sistema de la Seguridad Social, así como a regular su circuito financiero. A tal efecto, mediante el Real Decreto 1391/1995, de 4 de agosto, se aprobó el vigente Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social.
- Disposición adicional única. No incremento de gasto público.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Atribución de funciones.
- Artículo 3. Cómputo de plazos.
- Artículo 4. Aplicación de medios electrónicos. Validez y eficacia de los documentos emitidos a través de ellos.
- Artículo 5. Transferencias e ingresos del Estado.
- Artículo 6. Ingreso de las cuotas de la Seguridad Social y otras de recaudación conjunta.
- Artículo 7. Actuación de las entidades financieras en relación con los ingresos por cuotas.
- Artículo 8. Modificaciones en los abonos en cuenta.
- Artículo 9. Ingreso de otros recursos de la Seguridad Social y apertura de cuentas restringidas de ingresos.
- Artículo 10. Apertura de cuentas corrientes.
- Artículo 11. Periodicidad del presupuesto monetario.
- Artículo 12. Movimientos financieros y operaciones de tesorería.
- Artículo 13. Obligaciones objeto de pago.
- Artículo 14. Ordenadores de pagos.
- Artículo 15. Funciones del Ordenador General de Pagos.
- Artículo 16. Medios de pago y cuentas pagadoras.
- Artículo 17. Expedición de las propuestas de pago.
- Artículo 18. Expedición de las órdenes y documentos de pago.
- Artículo 19. Materialización del pago.
- Artículo 20. Descuentos y pagos en formalización.
- Artículo 21. Pagos sobre anticipos de tesorería.
- Artículo 22. Pagos con cargo al fondo de maniobra.
- Artículo 23. Pagos a justificar.
- Artículo 24. Pago de prestaciones de la Seguridad Social.
- Artículo 25. Abonos a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social y a entidades titulares de ingresos efectuados en la Tesorería General.
- Artículo 26. Regularización financiera de determinados pagos.
- Artículo 27. Colaboración en la gestión financiera.
- Artículo 28. Procedimiento de relación.
- Artículo 29. Registro de Colaboradores de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Artículo 30. Protección de datos personales.
- Disposición adicional primera. Recursos de la Seguridad Social recaudados por otros colaboradores en la gestión recaudatoria.
- Disposición adicional segunda. Función interventora.
- Disposición adicional tercera. Transferencias de fondos a las comunidades autónomas.
- Disposición adicional cuarta. Medios de pago de las deudas con la Seguridad Social.
- Disposición final única. Facultades de aplicación y desarrollo.
Normas a las que afecta (2)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 696/2018?
- Real Decreto 696/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 696/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.